Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

E.P.

casero/a

¿A quién se debe de enviar el burofax de requerimiento de pago, al inquilino ó al fiador ?

He enviado requerimiento de pago al inquilino en dos ocasiones , quiero saber si el juzgado me obliga a notificarselo al fiador, porque lo he intentado y las cartas me vienen devueltas.

Gracias

  • Preguntado por: E.P.
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
  • E.P.

    casero/a

    Muchas gracias a Pholmo y a Manuel José por su ayuda, me han aclarado las dudas.

    A Pholmo decirle que no creo que me pueda ayudar  como profesional en un juzgado porque no me encuentro en la peninsula.

    Muchas gracias.

    • Respondido por: E.P.
    • Hace 12 años
  • E.P.

    casero/a

    Muchas gracias a Pholmo y a Manuel José por su ayuda, me han aclarado las dudas.

    A Pholmo decirle que no creo que me pueda ayudar  como profesional en un juzgado porque no me encuentro en la peninsula.

    Muchas gracias.

    • Respondido por: E.P.
    • Hace 12 años
  • manuel josé

    casero/a

    Si lo que pretende  es  cobrar  o   en caso de que no pague recuperar la vivienda mejor enviar comunicación  de que debe efectuar el pago en x dias.   si transcurrido un mes  de la fecha del  envio del burofax con acuse de recibo y certificación del texto, no podrá efectuar el pago, no se lo aceptarán en el juzgado y se irá al desahucio  llegando al desalojo de uds de la vivienda.  

    si solo pretende el cobro de una o dos mensualidades  menos de 900  euros puede hacerlo por juicio monitorio pero irán aumentando la deuda, lo más probable. Saludos,

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Los requerimientos de pago por burofax al avalista considero que son un gasto inutil, sale mas barato y probablemente mas efectivo, comunicarle por carta ordinaria que su avalado no paga y anunciarle que interpondrá una reclamación por juicio monitorio.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola e. P:

    presupongo que el fiador lo será con carácter solidario, por lo que usted puede dirigir el requerimiento al arrendatario, al fiador o a ambos. En la demanda deberá dirigirse contra ambos.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas