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GEMA

casero/a

Alquilar vivienda a mi ex pareja
Buenas tardes. En mi caso, tengo una vivienda al 50% con mi ex pareja (no estamos casados). Hasta ahora la vivienda ha estado alquilada a terceros con el correspondiente contrato. A fecha actual, mi ex pareja me propone irse él a la vivienda de alquiler con su actual pareja, abonando ellos la misma renta que hasta ahora estabamos cobrando. Entiendo que hay que hacer igualmente un contrato de arrendamiento, aunque dudo de las condiciones...es decir, ¿él puede aparecer como arrendatario y como arrendador al mismo tiempo?. Además, me gustaría que estuviera todo bien "atado" para no tener problemas y me han comentado algo sobre la posibilidad de inscripción del contrato en el registro de la propiedad o elevación a público (no sé si es lo mismo).  Cuál sería la mejor manera de poder gestionar esta situación sin tener luego problemas. Muchas gracias de antemano, un saludo.
  • Preguntado por: GEMA
  • Hace 8 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (2)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,
    En este caso, sería un alquiler de "media" casa (tu 50%), ya que como él es propietario, no tiene que autoalquilárselo.
    El principal problema que le veo al alquiler sería la responsabilidad en caso de desperfectos, que entiendo que debería quedar claramente determinada que tu responsabilidad como arrendadora está limitada al 50% del desperfecto de que se trate.
    Te aconsejaría que un abogado especializado os redactara el contrato y os asesorara sobre la posibilidad de inscripción, que únicamente tendría sentido si se buscara una relación a largo plazo.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Gema tiene vd que partir de la base de que el alquiler que pague no puede ser la misma cantidad que alguien  ajeno a ese inmueble, puesto que el es propietario del cincuenta por ciento, no tiene que pagar alquiler por ese porcentaje.
    Por lo demás el contrato no ofrece complicaciones espeociales, vd alquila el 50% del que es propietaria, no veo necesidad de gastar dinero en notario y registro, si no paga, tendrá que hacer lo mismo que con cualquier inquilino, acudir al juzgado y eso no se soluciona con un contrato inscrito en el Registro.
    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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