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JSilvia

inquilino/a

¿Pueden subirme el alquiler lo que quieran en un nuevo contrato de alquiler?
Soy inquilina de un piso desde mas de siete años, en un principio el recibo mensual estaba alrededor de 430€ con las correspondientes actualizaciones del IPC. Al finalizar el primer año me prolongaron el contrato a 5 años. Antes de finalizar ese periodo, me informo el gestor de la agencia que la propietaria estaba dispuesta a prorrogar el contrato por el mismo periodo (1+5 años) pero que aunque ninguna amelioración habia sido realizada en el piso, a parte de las que hicimos nosotros mismos (eso si la fachada del imueble fue renovada), me pedía unos 750€ al mes o sea + o - 40% de mas que hacia 6 años. Vistos los alquileres en mi barrio y el hecho de no poder mudarnos, acepté y firmé el nuevo contrato, pero me pregunto hasta qué punto es eso legal y si podría reclamar un nuevo cálculo de alquiler.
  • Preguntado por: JSilvia
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (1)
AnaLl ha sido el primero en contestar
  • AnaLl

    profesional

    Si se trata de un nuevo contrato de alquiler te pueden pedir el alquiler que ellos estimen oportuno. Pero te explico cómo funciona lo de la duración de los alquileres para que te quede claro: el contrato de alquiler de vivienda habitual puede tener la duración que estimen oportuna las partes, pero si es inferior a cinco años, este contrato se prorroga de forma obligatoria y automática para el arrendador hasta sumar cinco años. Tras estos cinco años el casero puede decidir si prorroga o no el contrato por otros tres años más. Eso hace un total de ocho años tras los cuales el hay una tácita reconducción del contrato en el que ya no se aplica la LAU de 1994, sino el Código Civil o se hace un nuevo contrato sujeto a la LAU de 1994 en el que se empieza a contar de nuevo.

    Dicho esto, el nuevo contrato que te han hecho debe ser prorrogado anualmente y de forma obligatoria para el casero una vez termine hasta sumar esos cinco años mínimos que te comentaba antes y tras esto está la prórroga a la que puede optar el casero. Durante estos cinco años el casero sólo puede subirte el alquiler de forma anual y de acuerdo al IPC.
    • Respondido por: AnaLl
    • Hace 15 años
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