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cristinadiazalvarez

inquilino/a

¿Pueden subirme lo que pago de comunidad un 27,87%, si la renta del alquiler me ha bajado un 0,9%?
Me acaban de revisar el alquiler (en junio), por lo q me han aplicado el -0,9% según el IPC de mayo. Sin embargo, ahora me han comunicado que los gastos de comunidad, que también los pago yo, han subido un 27,87%. Según el art. 20.2 de la Leu de Arrendamientos Urbanos, creo que esto no es correcto. ¿Me lo puede confirmar alguien, por favor?
  • Preguntado por: cristinadiazalvarez
  • Hace 14 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Cristina,

    Totalmente de acuerdo con Amparo BB y en desacuerdo con Juan P, que me sospecho que pretende elevar al rango de ley lo que le dicta su sentido común.

    El apartado 2 del Artº 20 de la LAU, limita la subida de los gastos de comunidad, tal como dice Amparo.

    La ley tre favorece, Cristina.

    Ramón Ruiz.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Juan P, te equivocas en lo que afirmas en tu primer párrafo. El inquilino no tiene que "estar a lo que establezca la Comunidad". La LAU le protege en su artículo 20, no pueden incrementar (al inquilino) la cuota de la comunidad en más del doble del IPC.
  • Juan P

    casero/a

    Depende de cómo esté redactado el contrato. Si en el mismo están desglosadas las cantidades de la renta y de los gastos de Comunidad, el arrendador te deberá actualizar el 0,9 sobre la cantidad de la renta, y en cuanto a la de la Comunidad deberás estar a lo que establezca la misma, tanto para elevar como para rebajar gastos.

    Si en el contrato en cambio está expresada sólo la renta, mas la expresión "incluidos gastos de Comunidad", se aplica el ipc sobre el total, y es el arrendador el que asumirá si la Comunidad suba o baje.

    Bajo mi punto de vista, lo mejor es que el contrato ponga por separado lo que es renta de lo que son gastos de Comunidad, pues estos últimos son por servicios de los que disfruta la persona que usa el inmueble, no el propietario, y por tanto deben ser asumidos por el arrendatario.
    • Respondido por: Juan P
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tienes toda la razón. No pueden subirte la comunidad más del doble del IPC, en este año por tanto no te la podrían subir nada.

    Y me parece una desfachatez que lo hayan intentado. Confío en que sea ignorancia y no caradura.
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