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Magdalena 33

inquilino/a

Si después d 10 años de inquilino no me han subido IPC, ¿puede después subirlo de todos esos años el nuevo dueño?
Murió el anterior propietario q lo tenía en usufructo y el nuevo dueño me subió el IPC de los 10 años ¿esto es legal? Además, he consultado los IPC por provincias para el alquiler y, en todo caso, la variación es menor de la subida q él me ha dicho.
  • Preguntado por: Magdalena 33
  • Hace 14 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (2)
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  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La actualización de la renta con el IPC puede hacerse tomando como base la última actualización realizada y desde luego debe coincidir con el cálculo que se extraiga de los datos del INE. Si no es así puedes negarte a pagar la actualización, no así los alquileres sin actualizar.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    Entiendo que la no aplicación de una revisión de IPC (o varias) no comporta la renuncia a las mismas. Lo que no podrá realizar es reclamar los importes que hubieran correspondido de forma atrasada, pero el cálculo de actualización entiendo que sí lo puede realizar, desde el último que se hubiere realizado o desde la fecha del contrato, hasta la actualidad, pero solo aplicable a las rentas sucesivas.

    Salvo que existan cláusulas diferentes en el contrato, debe aplicarse el IPC general del estado. Sino está bien calculado puede acudir a los tribuanles, pero no dejar de pagar la renta.

    Por otra parte consulte con un abogado sobr la situación del contrato tras la muerte del usufructuario, pues dependiendo de la ley aplicable a su contrato, podría ocurrir que con la muerte del mismo se hubiera terminado tambíen el contrato.

    BufetPrieto SLP
    E-mail:jprieto@bufetprieto.com
    Tfno: 938704558
    Web: http://www.bufetprieto.com
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