tengo un piso alquilado desde el 1 de abril por 475€, el contrato es de seis meses y hoy me avisa q en un mes, a final de junio se marcha. no habra cumplido el contrato, q puedo hacer? hay penalizazion o no? la fianza se devuelve con las llaves o un mes despues x los posibles gastos? agradeceria me ayudeis xq he kedado en hablar con el x tlf para dejarlo hablado, graciasss
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angelaalonso
Hace 11 años
Categoría: Caseros
Piscis tres
casero/a
Te tiene que indemnizar con el importe que falta por pagar hasta cumplir seis meses completos, pero si quieres puedes concederle una rebaja. La fianza has de entregarla dentro de los treinta días siguientes a la firma del... Leer toda la respuesta[+]
piscis tres, aunque no lo indique en el contrato tengo derecho a indemnizacion? lo cierto es q es una faena, xq ahora hasta q encuentre otros inquilinos puedo tardar. A pesar del cambio ese de ley, consideras q x ley si t... Leer toda la respuesta[+]
Efectivamente, tu inquilino ha de cumplir el contrato o abonarte el importe de esos seis meses, distinto sería si el contrato fuera por inferior tiempo, en cuyo caso solamente vendría obligado a cumplir el tiempo pactado.
hola, alguien me puede decir el articulo de ley o lo q sea donde se indica q si no se cumple el contrato hay q pagar los meses pendientes? Mi inquilina dice q lo ha consultado y q no tiene q pagar ningun tipo de penalizac... Leer toda la respuesta[+]
angelesalonso: la norma por la que preguntas es el art. 11 LAU, a cuyo tenor: El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses , siempre que se lo comunique ... Leer toda la respuesta[+]
En contrato de 5 años, anterior a junio 2013, qué indemnización puedo pedir por la marcha anticipada del inquilino?
5 respuestas
Firmamos un contrato de alquiler de cinco años de duración, que finaliza en junio del 2016. El inquilino dice que quiere marcharse a finales de septiembre (aunque aún no lo ha hecho de forma fehaciente), y encima quiere que le devolvamos toda la fianza. Debemos devolvérsela? Y debería indemnizarnos de alguna manera por irse antes de la finalización del contrato? Si fuera así, qué cantidad sería? Muchas gracias!
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Nightygt
Hace 11 años
Categoría: Caseros
-
profesional
Nightygt : 1.- Uds. tienen derecho a no aceptar el desistimiento unilateral del inquilino, y por tanto tienen derecho a no aceptar la entrega de llaves y en consecuencia a seguir cobrando las rentas. La pega es que si el ... Leer toda la respuesta[+]
La verdad es que no me importa que se vaya el inquilino antes de tiempo. Y tampoco tengo intención, de momento, de volver a poner en alquiler la vivienda, ya que quiero disfrutarla yo. Así que tampoco puedo calcular los m... Leer toda la respuesta[+]
Si el contrato es por cinco años ( no por años hasta cinco) le puedes pedir el cumplimiento íntegro del contrato hasta el 30 de Junio de 2016. Si se quiere ir antes y tu lo aceptas, puedes pedir una indemnización por el i... Leer toda la respuesta[+]
Como dice piscis, en tu caso lo mejor es firmar un acuerdo entre las partes en la que se salden definitivamente la relación y se cierre la puerta a futuras reclamaciones. Si tiene alguna duda para preparar ese documento, ... Leer toda la respuesta[+]
Coincido con las anteriores respuestas sobre todo con la de León en cuanto que la postura a adoptar por el consultante depende de la solvencia efectiva del inquilino Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo... Leer toda la respuesta[+]
El desatasco de una tubería ha producido una inundación. ¿Quién se hace cargo?
8 respuestas
Buenas tardes, vivo en un piso de alquiler. Al desatascar la tubería de la ducha, la junta de goma no quedó bien puesta y se ha colado agua al piso de abajo, ocasionando humedades y desprendimiento de parte del techo. Mi seguro de hogar no lo cubre por ser algo del contienente (tubería), pero la inmobiliaria me quiere hacer pagar el arreglo del techo del vecino. ¿Lo debería cubrir su seguro o el de la comunidad? ¿Hay alguna forma de forzar a que usen su seguro, y que no intenten hacer que corra yo con todos los gastos? Si no huiera desatascado la tubería se podría haber inundado el piso, es que eso no es importante?? Estoy muy desesperada y agobiada... Gracias.
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loorelai
Hace 11 años
Categoría: Reparaciones
Josep Térmens Viñas
profesional
El problema es que se trata - muy probablemente - de una avería causada por el desgaste y el uso de la ducha, con lo que la responsable es usted, con independencia de que el seguro se lo cubra. http://www.abogadoarrendami... Leer toda la respuesta[+]
Muchas gracias. Sé que la culpa es mía, aunque desatascar el desagüe podría haber evitado otro problema. Mi duda es si el seguro de la vivienda se puede hacer caso de la reparación del techo del vecino. Asumo que la respo... Leer toda la respuesta[+]
Hable de nuevo con el seguro. El seguro de la comunidad no se lo cubrirá, porque la tuberia del desagüe no es un elemento común, pero por probar... http://www.abogadoarrendamientos.com/
En realidad esa reparación debería cubrirla el seguro de quien realizó el desatasco inicial. ¿¿Llamó Ud. a un fontanero?? ¿¿Le exigió la correspondiente factura?? El seguro comunitario no se hará cargo porque no es un ele... Leer toda la respuesta[+]
El seguro debeActuar,, convence al sehuro y a la inmobiliaria que a ninguno le conviene que les dejes el piso en mal rstado y tepirrdas, o que el segurovpierda un cluente yan grande. y si es de particular, da con ellos y ... Leer toda la respuesta[+]
No debe hacerse bricolage barato e inexperto. El desague de una ducha o bañera JAMÁS debe desatascarse desenroscandolo porque es muy complicado volverlo a dejar estanco (las gomitas bien puestas para que no pierda agua ).... Leer toda la respuesta[+]
Loorelai ¿Su póliza tiene coberturade responsabilidad civil? Si la tiene ese es su único camino, que asuma su aseguradora la reclamación por responsabilidad civil. Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al... Leer toda la respuesta[+]
Tengo problemas con el casero, porque después de firmarme los papeles, como que el piso estaba en condiciones y que se devolvía la fianza en un periodo de 30 días, me ingresan la mitad, de la fianza, y me ajuntan unas facturas y fotos, de unas cosas que estaban cuando entre en el piso y ahora me lo descuentan de la fianza. Que puedo hacer? Donde me puedo informar? Esto es legal? Gracias.
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Jose
Hace 10 años
Categoría: Inquilinos
Pelayo de Salvador
profesional
Si el documento de terminación decía que no hay nada más que reclamar, puedes ir a un juzgado a reclamar el pago de lo que resta de fianza. No obstante, únicamente el coste de abogados ya puede hacer que no te compense. P... Leer toda la respuesta[+]
Hola Jose. Si en el documento de terminación refleja que el piso está en buen estado y no constan desperfectos no te deben descontar nada de la fianza. Otro caso son los recibos pendientes de suministros que si entiendo q... Leer toda la respuesta[+]
Iban, sobre el plazo para la devolución de la fianza, te aconsejo que leas mis entradas sobre el tema. No es cierto que exista el plazo de un mes para la devolución, dicho plazo es para que surjan los efectos de la mora. ... Leer toda la respuesta[+]
Hola Pelayo. He leído con interés tu publicación sobre el asunto. Como bien dices, no existe legalmente el plazo de 1 mes para devolver la fianza. Ha sido un error en la forma de expresarme. Una vez dicho esto, también di... Leer toda la respuesta[+]
Hola Hoy hemos firmado contrato de alquiler con duración escrita de tres años. Se ha hecho todo el trámite mediante agencia. Desde un principio informamos a la agencia que tenemos cuatro perros,dos pequeñitos y dos galgas. Muy buenas, educadas, no hacen ningún destrozo. La Sra. de la agencia nos dijo, cuando vimos que nos interesaba la casa, que ella hablaría con los propietarios sobre el tema de los perros. Nos dijo que la propietaria los aceptaba. Hoy, previamente a la firma de contrato, nos dice la Sra. de la agencia que "no saquemos el tema de los perros", que ella les dijo que " sólo teníamos uno". Ya habíamos dado una paga y señal bastante alta hace unas semanas como reserva. Qué puede pasar ahora, cuándo algún vecino de la comunidad le informe que tenemos cuatro perros?. Nosotras en todo momento hemos ido con la verdad por delante. Ha sido la Sra. de la agencia la que ha mentido y ella ha sido la intermediaria. Gracias anticipadas por sus respuestas Cordialmente
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Juanetilla
Hace 10 años
Categoría: Todas
Amparo BB
profesional
Si el contrato no lo `prohibe expresamente no pasará nada. Léalo. Saludos
Gracias Amparo En el contrato no pone nada acerca de mascotas. Pero me sabe mal que la Sra. de la Agencia haya mentido y que algún vecino se lo diga a la propietaria y tengamos problemas. Son perros muy buenos y tranquilos y con una cierta edad.
Juanetilla la situación que describe pone de manifiesto una odiosa realidad en muchos casos las agencias lo único que pretenden es cobrar su comisión luego ...que salga el sol por Antequera. De todas formas si en el cont... Leer toda la respuesta[+]
Sr. Pholmo, muchas gracias por su respuesta. Toda la razón, la Agencia ha ocultado para cobrar su comisión y ya está. Ya comenté que en el contrato no pone nada de nada respecto a tener o no mascotas. Ahora bien, y si la ... Leer toda la respuesta[+]
Juanetilla me temo que no tiene claros los conceptos, le convendría dedicarle algún tiempo a leer mi blog. Si en su contrato no se prohibe le tenencia de mascotas la propiedad no puede rescindirlo si Vd. Las tiene, la fac... Leer toda la respuesta[+]
No pueden resolver el contrato salvo que se haya previsto expresamente la prohibición de tenencia de mascotas en el inmueble. No obstante, sí eres responsable del mantenimiento de la vivienda, reparar los desperfectos que... Leer toda la respuesta[+]
Sr. Pelayo de Salvador, gracias por su respuesta. Desde luego, somos totalmente responsables y muy conscientes del tema de los desperfectos y molestias a los vecinos. Pero no es el caso. Están perfectamente educados. Serí... Leer toda la respuesta[+]
Hola, en primavera de este año 2016 me comunico el dueño del piso que queria venderlo y su oferta era que, una vez vendido el piso yo podría quedarme 2 meses y el ultimo me pagaria la fianza mas una mensualidad mas. Pero una vez vendido el piso ya no es suyo. Ahora bien mi contrato es del 2014 prorrogable a cinco años y yo no quiero irme del piso, pero él insiste en que quiere llegar a un acuerdo conmigo y que desaloje el 1 de diciembre que es cuando firmamos el contrato. Mi pregunta es. si no quiero abandonar el piso y seguir en el los años que me quedan, puede echarme?? Otra cosa mas, casualmente se nos ha roto la lavadora del uso y de los años que tiene (es muy antigua) y me dice que es responsabilidad mia y que yo debo comprar otra con mi dinero, es asi?? Muchas gracias
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Cristina
Hace 9 años
Categoría: Inquilinos
Amparo BB
profesional
Lo primero que veo raro es que si su contrato es de 2014 sea prorrogable hasta cinco años. Habría que leer el contrato. Puede usted quedarse mientras el NUEVO DUEÑO no diga nada. No tiene usted por qué permitir que potenc... Leer toda la respuesta[+]
Respuesta rápida: NO, el arrendador no puede echarte porque quiera vender. En realidad, si tu contrato no está inscrito en el REgistro de la Propiedad (lo normal), el nuevo propietario podría resolver el contrato, pero en... Leer toda la respuesta[+]
Hola de nuevo, acaba de llamarme el dueño que me comenta que si no quiero salir del piso por las buenas va a alegar que tiene una hermana separada y que necesita el piso para vivir, le he dicho que todo eso me lo tiene qu... Leer toda la respuesta[+]
Cristina, ¿puede decirnos la fecha exacta del contrato? ¿Y qué indica literalmente sobre la duración? ¿Era de 1 año prorrogable a 5? Si la lavadora tuviese arreglo y el importe de la reparación no fuera muy costoso, le co... Leer toda la respuesta[+]
Sepa que necesitar el piso para una hermana "no cuela" y si fuera para un hijo y tras marcharse usted no se fueran a vivir a la vivienda antes de 3 meses... la broma le saldría carísima a él y sería ventajoso para usted s... Leer toda la respuesta[+]
De acuerdo con Amparo. Si recibe alguna comunicación fehaciente, no obstante, coméntenoslo antes de hacer nada. Con respecto a la lavadora, tendrá que comunicárselo al casero de la misma forma, que quede constancia de que... Leer toda la respuesta[+]
Cristina su casero denería saber que el "primer grado de consanguinidad" se refiere a padres o hijos, los hermanos son segundo grado de consanguinidad, no es un parentesco protegido a efectos de la LAU. Pedro Hernández de... Leer toda la respuesta[+]
En finca de alquiler ,¿Quien debe pagar las obras de un ascensor nuevo?
7 respuestas
buenas tardes a todos: Vivo en una finca que pertenece a un único dueño se ha instalado un ascensor,antes no lo habia,y el dueño dice que lo tenemos que pagar entre todos .Nos ha puesto una cuota mensual de 100 meses la cual nos la ha añadido en el mismo recibo de alquiler.¿es esto legal? Yo personalmente soy parado de larga duración y no puedo pagarlo .Se lo he dicho al dueño y nada. Puedo negarme a pagar ? Donde podrian asesorarme .Esta situación me está superando y apenas puedo dormir.Tengo que recurrir a familiares ycada dia me salen nuevos gastos.Llevo 32 años viviendo aquí . Gracias. Feliz año nuevo
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mataix
Hace 9 años
Categoría: Inquilinos
Amparo BB
profesional
Antes de dejar de pagar un solo recibo, acuda a un abogado con toda la documentación que tenga. No vaya a ser que le pongan un desahucio por impago y se encuentre con un problema mayor que 100 euros.
Si se trata de un contrato de Renta antigua, anterior a 1995 este hilo le interesará: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/subir-inquilino-coloca-ascensor-comunidad-porcentaje-renta-antigua-40-anos-viven_37188.html
Buenos Dias Amparo, El contrato es de 1985 y no pagamos 100 euros sino 58 euros durante 100 cuotas , aparte de los gastos de ascensor y ahora ha habido una reparación de 2635 euros y lo han pueto com gastos de obra y nos ... Leer toda la respuesta[+]
En las viendas de renta antigua, en algunos casos, el arrendador puede repercutir las obras sobre los inquilinos en el modo en el que lo indica la ley. Por eso es importante que vea a un abogado experto. Por otra parte di... Leer toda la respuesta[+]
En las viendas de renta antigua, en algunos casos, el arrendador puede repercutir las obras sobre los inquilinos en el modo en el que lo indica la ley. Por eso es importante que vea a un abogado experto. Por otra parte di... Leer toda la respuesta[+]
Alquilo un piso y se ha roto la puerta de la nevera, y el horno ha dejado de funcionar
37 respuestas
a dónde acudir para solucionar ese problema?
Preguntado por:
Larisa Jelenjev
Hace 16 años
Categoría: Reparaciones
Manuel Pregal
profesional
Hola, para responder a su pregunta adecuadamente se necesitan algunos datos más. - Si acaba de recibir la vivienda es de suponer que estos defectos eran pre-existentes, por lo que el propietario ha de resolverlos. - Si po... Leer toda la respuesta[+]
Efectivamente, si el piso ya hace tiempo que lo tienes alquilado, se trata de mantenimiento y desgaste por uso, por lo que te corresponde a ti. Si por el contrario, hace relativamente poco tiempo que resides en la viviend... Leer toda la respuesta[+]
pues la nevera y el horno ya son viejos, de hecho el orno hizo ya un ruido cuando entramos a vivir aqui, la dueña dijo que ese ruido no se puede quitar. Pero ya dejo de funcionar. Se puede rebajar el precio de alquiler? gracias
Larisa No se puede pretender que cuando uno entra a un piso de alquiler TODO sea nuevo. Si las averías son poca cosa (menos de 100 euros cada una) o si han ocurrido por mal uso por tu parte, te toca a tí reparar. Si el té... Leer toda la respuesta[+]
AmparoBB, Con el mayor respeto y cariño. Ese límite de los 100 € ¿de dónde lo has sacado? Tengo toda la impresión de que es una norma que tú te aplicas, y que yo puedo aplaudir pero ¿Es vinculante para todo el mundo? Por ... Leer toda la respuesta[+]
Ramon Ruiz. Te digo como inquilina. Yo firmo un inventario donde los electrodomésticos están en perfecto funcionamiento, pero pueden estar en perfecto funcionamiento nuevos, o con 10 años. Por ej, si yo entro en un piso y... Leer toda la respuesta[+]
Yo soy inquilina y propietaria. Y sería genial que los inquilinos te repusieran los electrodomesticos, además como todos sabemos cada vez son más eficientes, ahorran más energía y te ahorran más tiempo. Peeeero no los cam... Leer toda la respuesta[+]
Lo de los 100 euros me lo he sacado de UNA REPARACIÓN CORRIENTITA, de poco tiempo y cambiando una pieza NO DEMASIADO IMPORTANTE. Es decir una pequeña reparación cuesta de 80 a 100 euros... Es como una franquicia que deber... Leer toda la respuesta[+]
Amparo BB, Sí; seguro que todos los inquilinos estarán de acuerdo contigo. Ojalá encuentren muchos caseros como tú. Pero segurmente también haya otros más "agarrados" que opinen como yo que, si entregan la vivienda con un... Leer toda la respuesta[+]
Ramón he encontrado esto: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reformas/sustitucion-electrodomestico-piso-alquiler_6047.html (Contesta Pholmo) Y esta otra joya: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reparac... Leer toda la respuesta[+]
Para Ramón Ruiz Tu hablas de habitabilidad, pues yo te digo que tú no cobras lo mismo por un piso CON electrodomésticos, que otro SIN electrodomésticos, ¿o no? por supuesto con electrodomésticos cobras más a tus inquilino... Leer toda la respuesta[+]
Ramón he encontrado esto: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reformas/sustitucion-electrodomestico-piso-alquiler_6047.html (Contesta Pholmo) Y esta otra joya: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/reparac... Leer toda la respuesta[+]
Parece que estoy tan errado que hasta los míos me dan la espalda. Eso me hace reflexionar. Es posible, pero no probable, que sean todos los demás los que lleven el paso cambiado. Desde luego, Amparo BB que, tanto Pholmo c... Leer toda la respuesta[+]
Ramón, pues usted me recuerda más bien a don erre que erre más que otra cosa. En serio, los demás llevan razón, pero yo le comprendo y me pongo en su lugar, sería maravilloso, alquilar un piso con los electrodomésticos de... Leer toda la respuesta[+]
Ramón, es ud. bastante obstinado por lo que veo ;-) pero a mis argumentos no les va ud, a dar la vuelta como una tortilla. Mi opnión es exactamente la misma que Anisita, no es lo mismo un elect. "funcionando" que "nuevo" ... Leer toda la respuesta[+]
Contesto por alusiones para aclarar a Ramón Ruiz con el mayor de los respetos y consideración, que nunca hablo "ex cathedra" ante todo porque no soy catedrático, cualquiera que me haya leído puede comprobar que siempre so... Leer toda la respuesta[+]
Es la 4ª vez que intento acabar este mensije. Las tres primeras, sea por mi torpeza o por un apagón, he perdido todo lo redactado justo antes de que pudiera enviarlo. Empiezo pidiendo disculpas a Pholmo, cuya autoridad en... Leer toda la respuesta[+]
La máquina me ha dicho que me pasaba de caracteres, pero el castigo que me daba era publicar cortada mi respuesta (creí que significaba en dos veces), no que me fuera a mutilar toda la 2º parte. Intento reconstruirla: Sup... Leer toda la respuesta[+]
Rectificación. Seguro que PHOLMO lo ha adivinado desde el principio pero, para los que no lo hayan pilado, donde dije "Vademecum" debí decir "Aranzadi" (El Vademecum no sé si es el que usan médicos y farmacéuticos). Perdó... Leer toda la respuesta[+]
Intervengo para dar mi punto de vista. Este es un tema un poco polémico. Y no creo que nadie tenga razón (ni deje de tenerla). Ramón, entiendo tu postura, pero no la comparto. Creo que quieres decir que no es justo que pa... Leer toda la respuesta[+]
Ah, que se me había olvidado: la solución salomónica que casi nunca se comenta: cuando se estropean los electrodomésticos, el casero puede dar un permiso por escrito para que el inquilino se deshaga de ellos y compre otro... Leer toda la respuesta[+]
Muchas gracias a todos, por las réplicas a mis ideas. Como le dije a Amparo BB, el que la gente disienta de mis opiniones no es nada que me moleste. Casi me agrada, porque eso le da vida a la conversación. En el caso que ... Leer toda la respuesta[+]
Ramón, creo que tu último comentario se refiere a lo que he dicho. Y creo que todavía no me has pillado el punto a mi... En muchos casos, no hay una postura acertada y otra que no. No se trata de que la mayoría se equivoq... Leer toda la respuesta[+]
Inquilino y propietario, No; leí tu comentario, pero no aludí a él porque, en términos generales, lo vi bien. De hecho, tú respuesta ha sido la elegida como la mejor. Es ahora cuando dices algo, en forma de axioma, que no... Leer toda la respuesta[+]
Ramón, las lámparas no se rompen por el uso. Y, sí, el resto de las cosas las debería cambiar el propietario (siempre decimos que las pequeñas reparaciones son a cargo del inquilino, y cuando el arreglo es más caro que ... Leer toda la respuesta[+]
gracias a todos por responder pero aun no se a donde ir! la dueña del piso ha mandado un tecnico para el horno y tenia que volver, un mes despues aun estamos esp... Leer toda la respuesta[+]
Larisa, el burofax se lo tienes que mandar al casero. Tendrás que ir a ¿correos? para ello. El burofax es la notificación más oficial que hay, porque queda constancia de lo que le mandas (no sólo cuando le llega). Respe... Leer toda la respuesta[+]
Inquilino y propietario, Aplaudo tu última intervención: el consejo de negociar que le das a Larisa. Creo que ahí has estado totalmente acertada. En cuanto a la respuesta que me diriges a mí -siempre según mi opinión- men... Leer toda la respuesta[+]
Inquilino y propietario, Que me pasen estas cosas, creo que sí es consecuencia de mi edad. Si torpe era de joven, ahora ya rayo en la inutilidad. He pulsado "enviar" en vez de "pegar". Continúo ahora. Tú dices que: "cuand... Leer toda la respuesta[+]
Ramón, Alquilar es dar una cosa a otra persona para que se disfrute durante un tiempo determinado, por una cantidad determinada. Queda implícito, que ese algo tiene que estar en buenas condiciones. Te pongo el ejemplo... Leer toda la respuesta[+]
A inquilino_y_propieta. gracias pero el burofax cuesta dinero no? me parece perfecto que usted pueden estar sin horno 2 meses yo no! llevo ya casi dos meses y me vuelco loca! Usted quieren vivir como estoy yo ahora? sin h... Leer toda la respuesta[+]
Bueno, en ese caso siga usted como está y cuando inteneté justificar de alguna manera que se lo ha comunicado a la propietaria y ésta hace caso omiso, le dice al juez que no tiene dinero para eso. Mediante unas muy correc... Leer toda la respuesta[+]
Larisa Jelenjev Si ni lo quieres arreglar tú (pequeña reparación) ni lo quiere arreglar tu casero (sustitución) tendréis que ir al JUEZ a que él decida qué se hace. Y ESO SI QUE VA A SALIR CARO Y VA A TARDAR. Así que cual... Leer toda la respuesta[+]
inquilino y propietario, En una cosa coincido plenamente contigo: 35 respuestas son demasiadas. Ya aburrimos al personal. Tú no quieres intervenir más y me parece muy bien, pero me has hecho repasar, una por una, todas mi... Leer toda la respuesta[+]
¿Me pueden reclamar daños después de firmar la entrega de llaves?
43 respuestas
He dejado un piso de alquiler el dia 1 de agosto , el 4 firme la entrega de llaves sin ninguna reclamacion por su parte, veinte dias despues me reclama sin factura ni informe del perito de su seguro y sin avisar de que me retiene 140 euros por la pintura de una habitacion que tenia humedad y que dice que es mi culpa por ventilar mal , yo le habia avisado por tlfn. de la humedad, me retiene tambien 30 euros por una televison antigua que a mi me ha funcionado y que ahora no funciona los 30 euros los achaca a valor residual y no me ha jsutificado lo que me retiene por luz y agua. Me ha mandado un correo que pone burofax sin fecha ni firma ni nada en el que me reclama ademas pro haber puesto unas perchas de pegar en la pared sin permiso , los quince dias que faltaban para terminar el año , unas manchas en el sofa y una quemadura en un mueble. Me dice que la factura de la pintura la tien sin iva y que si vamos a juicio la pedira con iva y todo. ¿que hago?
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ermy4890
Hace 11 años
Categoría: Inquilinos
-
profesional
ermy4890 : en principio Ud. no es responsable de ningún desperfecto que no haya sido reflejado en el documento de entrega final de llaves. Además de eso el casero necesitaría una prueba de que cuando Ud. entró no estaban ... Leer toda la respuesta[+]
Un matiz, por si le interesa a alguien... Artículo 1562 del código civil A falta de expresión del estado de la finca al tiempo de arrendarla, la ley presume q ue el arrendatario la recibió en buen estado salvo prueba en c... Leer toda la respuesta[+]
ermy4890 : quisiera hacer un comentario al anterior post de Amparo BB. Es cierto que el art. 1562 Cc presume que la finca se entregó en perfecto estado. Pero si se llega a juicio el juez no va a interpreta el artículo lit... Leer toda la respuesta[+]
Amparo BB: te recuerdo que en Derecho quien alega algo tiene que probarlo. Si lees con cuidado el artículo transcrito verás que dice "se presume", no "se tiene por probado". No estamos hablando de que la vivienda esta en ... Leer toda la respuesta[+]
La cuestion es que en el documento de la entrega de llaves hecha cuatro dias despues de dejarle el piso , no reclama nada. Que veinte dias despues me retiene en la fianza el pago de 140 uros de una factura que tiene, que ... Leer toda la respuesta[+]
Yo coincido con amparo, los jueces han de aplicar la ley y si hay alguna norma que dice "se presume" se ha de entender, salvo prueba en contra, tal como así lo indica el artº 1562 del C.C. Es el inquilino quién tiene que ... Leer toda la respuesta[+]
No se si me he explcado bien..... ¿ me puede quitar de la fianza la pintura de una habitacion sin informe de perito de su seguro que diga que la humedad es culpa mia y sin factura? Cuando le reclamo la factura me dice que... Leer toda la respuesta[+]
que yo solo le pido el parte de su seguro y la facturas o justificantes de lo que me ha retenido de la fianzaa lo que se niega a no ser que vayamos a juicio
ermy4890 : yo creo que lleva Ud. Razón. Creo que los demás componentes del foro están haciendo una interpretación demasiado literalista de la Ley. El casero tendrá que demostrar al menos que Ud. Ha sido negligente. Como n... Leer toda la respuesta[+]
A veces se organiza una discusión por un tema que carece de importancia, este es el caso, si el casero le descuenta 140? de la fIanza con o sin justificación deberá ser la inquilina la que acuda al juzgado para reclamar e... Leer toda la respuesta[+]
Bueno compañero PHOLMO, llevas razón en la cuestión de la escasa cuantía, pero el debate puede ser interesante en sí mismo aunque sea ocioso desde el punto de vista económico. A mí me ocurre algunas veces que un debate si... Leer toda la respuesta[+]
Bueno ya se yo que es poco dinero , pero yo tengo que ir a trabajar varios dias para ganarlo ,y ademas que de lo mismo que me lo justifique que no me lo justifique pues no me parece a mi que sea lo mismo ..por ea regla de... Leer toda la respuesta[+]
Ya sé que el dueño tiene 30 dias par devolver la fianza, pero, , si el propietario no estaba de acuerdo, deberia haberlo hecho constar en el documento, y no desdecirse a pposteriori, 20 dias despues, Creo que si se le da ... Leer toda la respuesta[+]
Yo digo una cosa. Si el arreglo lo ha hecho a traves del seguro, no tiene coste para el propietario, salvo que el ha hecho de forma unilateral un seguro, así que no corresponde, creo, pagar nada si no se ha pactado otra c... Leer toda la respuesta[+]
Buenas tardes, Para añadir un poco más de debate, y en relación con lo que señala Jose Leton, yo no estoy de acuerdo en que el arrendador tenga 30 días para devolver la fianza. El arrendador tiene que devolver la fianza e... Leer toda la respuesta[+]
Según la Jurisprudencia el casero dispone de al menos un mes para devolver la fianza. No tiene que hacerlo en el mismo momento de entrega de las llaves . la razón es la siguiente: la finalidad de la fianza es cubrir el im... Leer toda la respuesta[+]
León, en el fondo, estamos diciendo lo mismo, aunque damos vertientes distintas. Lo que yo digo, y dice el párrafo que señalas, es que el arrendador solo tiene derecho a retener parte de la fianza en caso de que haya obli... Leer toda la respuesta[+]
Hola León, precisamente estaba yo con esta duda cuando vi este hilo. Es un placer ver como argumentas y demuestras las cosas no solo con opiniones, sino con sentencias que, en mi caso, serían del todo imposible encontrar.... Leer toda la respuesta[+]
León, leyendo esa misma SAP Madrid, de 12 de diciembre de 2013, te resalto otros párrafos que, a mi entender, resultan relevantes: "De tal precepto, se derivan las siguientes consecuencias: 1ª Como la entrega de llaves es... Leer toda la respuesta[+]
A Luis G. A.: gracias por sus amables palabras. A Pelayo: creo que los párrafos que mencionas vienen a corroborar lo ya dicho. Si no hay objeciones habrá que devolverlas, pero por experiencia sé que segun los inquilinos "... Leer toda la respuesta[+]
Entiendo lo que dices, León, pero debes reconocer que la obligación de devolverla surge en el momento de la extinción del contrato. En todo caso, yo siempre he firmado -tanto como inquilino como como abogado- documentos d... Leer toda la respuesta[+]
En el documento de entrega de llaves solo pone que se termina el contrato y que se devolveria la fianza en diez dias previa comprobracion del estado del piso, pero yo el piso lo habia dejado cuatro dias antes por lo que c... Leer toda la respuesta[+]
Firme la entrega de llaves porque fue el documento que la inmobliaria me entrego para firmar, lo siguiente que supe fue veinte dias despues que me devolvio la fianza con la retencion que he comentado y desde aquella le ve... Leer toda la respuesta[+]
Bueno Pelayo, está muy bien lo que dices, pero no es lo que se deduce de las sentencias, y no tiene sentido que "reconozcamos" lo que la Juriespudencia nos dice que es de otra manera. Que lo mejor es lo que tú dices es ev... Leer toda la respuesta[+]
ermy4890 : una cosa es que el casero tenga un plazo para retener la fianza (lo que en principio es "normal") y otra cosa es que no pueda justificar los importes retenidos. Que creo que es lo que le pasa a Ud. La única sol... Leer toda la respuesta[+]
León, en el fondo, estamos diciendo lo mismo, aunque damos vertientes distintas. Lo que yo digo, y dice el párrafo que señalas, es que el arrendador solo tiene derecho a retener parte de la fianza en caso de que haya obli... Leer toda la respuesta[+]
Los daños serian pagados por mi si el tuviera un informe del perito de su seguro que dijera que la humedad de esa habitación fueran culpa mía y no de la fachada que esta para repararse , lo de la televisión que ni esta en... Leer toda la respuesta[+]
Pelayo: no estoy de acuerdo con esa interpretación que haces. Si en el documento de entrega de llaves no se dice nada, lo que hay que concluir es eso mismo: que no se dice nada. Por tanto es posible que haya desperfectos.... Leer toda la respuesta[+]
Yo no parto de la idea de que el documento no dice nada, parto de la idea de que, si está bien hecho, tiene que decir algo necesariamente , que puede ser cualquiera de las dos opciones: 1) Que no hay obligaciones pendient... Leer toda la respuesta[+]
Además sigo viendo el mismo problema que veía desde el principio: que por muy bien que quiera portarse el casero y por muy bien que redacte el finiquito, en el momento de entrega de las llaves es absolutamente imposible q... Leer toda la respuesta[+]
La verdad es que este foro me parece genial, se aprende mucho y se resuelven muchas dudas y las personas que dan su opinión se ve que saben muchísimo. Pero en este punto sigo estando de acuerdo con la opinión de Don León,... Leer toda la respuesta[+]
León, de la frase de la sentencia que dices se desprende una cosa igual de clara: Si no hay daños -y lo amplío a obligaciones pendientes-, el arrendador no tiene derecho a retener ningún importe . Como dices tú, no es lo ... Leer toda la respuesta[+]
Pelayo: el caso que tu planteas no es el que estamos analizando. No estamos analizando el caso en que no hay daños, porque entonces es evidente que no hay caso. Estamos analizando el caso en que hay daños aunque no se ref... Leer toda la respuesta[+]
León, únicamente quería dejar claro que el arrendador no tiene, en todos los supuestos, un mes para devolver la fianza. Si las partes están bien asesoradas en el momento de la firma de entrega de llaves, pueden lograrse a... Leer toda la respuesta[+]
Hombre Pelayo esto está claro: hay que ir caso por caso. No quiero parecer pesado, pero sigo sin estar de acuerdo con lo que dices: por muy bien que asesores a las partes no siempre va a poderse llegar a un acuerdo sobre ... Leer toda la respuesta[+]
Totalmente de acuerdo, León. No pretendía enfrentarme contigo, simplemente quería escuchar vuestras opiniones -me faltan PHOLMO Y JAN-) sobre mi postura. Para mi, es de especial importancia que el público sea consciente d... Leer toda la respuesta[+]
Me he estado fijando y lo que no sé es como d. León no está entre los “top expertos”. Creo que deberían de ponerlo entre ellos. enhorabuena por este hilo a todos los que participáis, es muy interesante.
Despues de un tiempo de publicada mi pregunta, quiero comentar como se ha resuelto la cuestion al final. Le mande un burofax reclamando las cantidades retenidas, o su justificacion adecuada mediante facturas e informes de... Leer toda la respuesta[+]
Aunque me parece que no participé en este debate quiero unirme a la felicitación por el resultado obtenido, que pone de manifiesto dos cosas, a) el casero debe devolver la fianza si no hay daños a cargo del inquilino y b)... Leer toda la respuesta[+]
¿Mi seguro de hogar debe cubrir los enseres del inquilino?
4 respuestas
Recientemente he alquilado el piso y ha caducado el seguro, como el piso es semiamueblado hay enseres del inquilino. ¿Éstos los debe de cubrir el inquilino o es el casero el que corre con todo el gasto? Saludos y gracias por responder
Preguntado por:
florenzo
Hace 17 años
Categoría: Caseros
Lucinda
casero/a
Entiendo que el seguro del propietario cubre el continente y el inquilino debe asegurar el contenido y su responsabilidad civil. Por tanto, el inquilino debe asegurar sus propios enseres.
En cuanto al seguro habrás de actuar conforme a lo que se haya pactado en el contrato de arrendamiento. Por lo general se establece la obligación de asegurar la vivienda, por cuenta de una de las dos partes, o incluso con... Leer toda la respuesta[+]
Es recomendable tener sólo una póliza de seguros por cada vivienda. No tiene sentido hacer pólizas independientes sobre una misma propiedad. Sobre el seguro, la titularidad de los enseres no importa. Al contratar el segur... Leer toda la respuesta[+]
Cuando intento alquilar, ¿es obligatorio anunciar a los dueños que tengo perros?
18 respuestas
Tengo 3 perros pequeños, alquilo una casa y los dueños están muy contentos conmigo. La tengo muy bonita y cuidada. Los perros no rompen nada ni molestan. Pero ahora igual tengo que mudarme, y alquilar otra vez, y muchos no quieren saber nada de perros, de nada sirve que yo diga que mis perros no rompen, ni son una molestia. No me creen. Quiero saber si es algo que yo debo informar antes de alquilar, porque creo que es algo personal ... como si tubiera 20 tortugas ... una vez en una inmobiliaria me dijeron que yo no tenía por qué decir que tengo perros de antemano. No sé, en fin. Necesito vuestra ayuda. Muchas gracias.
Preguntado por:
dolo
Hace 17 años
Categoría: Inquilinos
Carla
casero/a
Sí, debes decirle a los dueños que tienes mascotas. Entiendo perfectamente que tus perros puedan ser muy buenos y que tú cuides perfectamente de ellos, pero debes avisar al casero de esto para que no le pille por sorpresa... Leer toda la respuesta[+]
No existe ninguna obligacion legal de informar. La ley de arrendamientos urbanos no contempla esto, como tampoco tienes que decir si tienes niños pequeños, o si fumas. Son cuestiones de caracter personal. Por otra parte a... Leer toda la respuesta[+]
La respuesta es clara: No. Ahora bien, hay que matizar que el arrendador puede condicionar la oferta a la inexistencia de animales domésticos, o a cualquier otra siempre que no sea contraria a la Ley ni a las buenas costu... Leer toda la respuesta[+]
Debes decirle que tienes animales si te vas a mudar a un edificio, porque puede que en los Estatutos del edificio no se permitan animales, en cuyo caso estarías comprometido con el arrendador a seguir pagándole la cuota m... Leer toda la respuesta[+]
No, legalmente, no hay obligación alguna de comunicárselo. Únicamente puedes tener problemas si en el contrato así lo estipula o si es una norma de los estatutos de la comunidad. Si no es así, una vez esté formalizado el ... Leer toda la respuesta[+]
No, solo faltaba eso, con la cultura sobre los perros que tenemos en esta parte de España, en la cual los perros son "chucho".... en fin lo mejor es ponerse una gafas oscuras y te haces pasar por ciego.
Hola, sobre tu pregunta de los perros, yo también tengo una perrita y estoy buscando piso y siempre lo digo, hay gente que prefiere que no metas animales en su vivienda, y hay otros que no les importa. De todas formas, yo... Leer toda la respuesta[+]
Mejor decirlo, porque no es bueno empezar un alquiler con una mentira... He visto casos como este, y si lo permiten en la finca (primer motivo por decirlo), puede ofrecer por ejemplo un mes adicional de fianza, y contrata... Leer toda la respuesta[+]
Yo he estado de alquiler y tengo dos perros. Siempre lo he advertido y debo reconocer que casi con temor a la reacción de la inmobiliaria o del propietario. Prefiero presentarme yo primero, darles confianza y, antes de fi... Leer toda la respuesta[+]
No es obligatorio pero sí recomiendo que se avise si se tiene algún animal (sea el que sea), ya que a la hora de formar contrato de arrendamiento puede que aparezca una clausula que ponga: obligaciones: A no introducir en... Leer toda la respuesta[+]
Si el dueño no te advierte que no quiere animales, tú no tienes por qué decir nada, es más, será porque no lae da importancia. La verdad es que son muy pocos los perros que hacen alguna trastada. Sin embargo sí son muchas... Leer toda la respuesta[+]
Es imprescindible y por tu bien, ya que es causa de rescisión de Contrato de Arrendamiento, que el propietario sepa a quién le alguila la casa. Es decir, cuántos sois. Y esto incluye a los animales que tengas, si para ti ... Leer toda la respuesta[+]
Yo alquilé mi casa y los meaos de perro se comieron el marmol, pelos hasta en la sopa, molestias a los vecinos, cuando le hice el contrato de alquiler le dije que no quería perros. Yo soy amante de los animales pero no cr... Leer toda la respuesta[+]
Hola buenas tardes efectivamente en la ley no indica nada de que se puedan o no se puedan tener animales domésticos en la vivienda y una vez firmado el contrato de arrendamiento no te pueden decir nada, pero eso sí es pon... Leer toda la respuesta[+]
No creo que tenga que ver si es piso o casa porque vivo en una casa de campo, tengo 5 perros pero la casa no está vallada y el dueño no me permite vallarla, mis perros están atados con cadenas y eso me da pena por ellos y... Leer toda la respuesta[+]
Es vergonzoso lo que pasa en este país con el tema de los perros.. se les trata como si fuesen monstruos que destrozan y ensucian todo a su paso. Yo tengo un golden de año y medio que no rompe nada , es super tranquilo en... Leer toda la respuesta[+]
Danaeris, esta pregunta tiene mas de 4 años y está más que contestada. si tienes alguna consulta abre un nuevo hilo. a nivel particular, cualquier propietario es libre de decidir si admite animales o no en su vivienda, al... Leer toda la respuesta[+]
El dueño no me devuelve la fianza, sólo llevo 2 meses en el piso y avisé con 1 mes de antelación
3 respuestas
Hace dos meses alquilé un piso pero por motivos personales tengo que irme a otro. Firmamos un contrato de 11 meses y en el contrato no hay ninguna cláusula que estipule que pierda la fianza en caso de no cumplir dicho contrato. El caso es que para que al dueño le diese tiempo a buscar nuevos inquilinos avisé con un mes de antelacion de que me tenía que ir pues avisé el 20 de enero y me iré el 27 de este mes. Así pues solo he vivido 2 meses en este piso y creo que he obrado con mucha responsabilidad al avisar con más de un mes de antelación y al quedarme otro mes extra pese a que me es muy dificil pagarlo yo solo (antes estábamos 2 en el piso). El casero me hace pagar en mano lo cual me hace sospechar que el contrato no es legal. Por eso quería saber por un lado ¿puede quedarse con mi fianza tal y como me ha dejado caer? y por otro ¿cómo se puede averiguar si el contrato es legal o es para cobrar en negro todo? Si sirve de ayuda decir que tengo recibos de sus dos cobros y fianza.
Preguntado por:
Albertoper
Hace 17 años
Categoría: Inquilinos
Juan
profesional
El contrato es legal, aunque el arrendador no declare sus rentas ni haya depositado la fianza en la administración competente en su comunidad autónoma, donde podrá saber si está o no depositada la fianza. Pero eso iniciar... Leer toda la respuesta[+]
Muchas gracias por su respuesta. Me queda aclarado que el contrato es válido aunque no haya depositado la fianza en el organismo procedente. Pero mi duda principal es, si en el contrato no se estipula absolutamente nada d... Leer toda la respuesta[+]
El hecho de que el arrendador haya puesto la vivienda en el mercado de alquiler y ya hayan ido a verla posibles nuevos arrendatarios implica una aceptación del desistimiento que impide pedir indemnización, aunque habría q... Leer toda la respuesta[+]
Deducciones renta '08 y domicilio fiscal
4 respuestas
Buenas tardes. Veréis, estaba esta tarde trasteando con el programa PADRE y si aplico las deducciones de alquiler que se ofrecen en la comunidad donde tenía radicado mi domicilio fical (y donde estoy empadronado pero no resido por motivos de trabajo) son mucho menores que las de la comunidad donde he tenido alquilado el piso y por tanto ha sido mi verdadera residencia habitual. Viendo que la diferencia son casi 500? más que me devolvería el fisco, y que el tema de no empadronarme / modificar domicilio fiscal ha sido por pereza, pegas del ayto., etc... quería saber que podría pasar si pongo como mi comunidad de residencia donde he tenido el piso alquilado a pesar de no haber cambiado los datos. He visto que me pueden aplicar una multa de 100? por no notificar mi nuevo domicilio fiscal, para esté año ya está solucionado, pero, ¿habrá alguna pega para poderme deducir lo que corresponde a la comunidad autonoma donde realmente he residido de forma habitual?
Preguntado por:
//Mfan
Hace 16 años
Categoría: Inquilinos
PHOLMO
profesional
Si has comunicado el cambio de domicilio no veo inconveniente en aplicar las deducciones correspondientes a tu domicilio real en 31/12/2008. En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
Gracias por la respuesta. El nuevo domicilio ya está presentado por internet y la declaración también. Esta tarde llamé al teléfono de la agencia tributaria donde una amable señorita me comentó que no es que pudiera, es q... Leer toda la respuesta[+]
La deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual está vinculada al domicilio de 2008. Si han sido varios, el de mayor número de días. Solo la vivienda que se tuvo en esa Comunidad da derecho a deducción. Si en la... Leer toda la respuesta[+]
Juan, gracias por tu detallada respuesta, como decía puedo demostrar de mil maneras que mi residencia ha estado en esa comunidad autonoma, y que no suene a falsedad, ha sido así desde septiembre de 2007. Como ves en 2007,... Leer toda la respuesta[+]
Mi casero es un moroso y no creo que me devuelva la fianza ¿qué hago?
4 respuestas
Hola, mi caso es el siguiente alquilé el piso el 7 de octubre del 08 queda poco para finalizar el contrato y sabemos que el dueño de la vivienda esta mal económicamente, ya que una vez nos comentaron que a lo mejor teníamos que dejar el piso porque tenían que venderlo, a lo que comprensivamente le dijimos que no pasaba nada que entendíamos la situación, han pasado los meses y hemos avisado con más de 30 días de antelación que nos vamos del piso y comentamos al dueño la intencion de no pagar el último mes y que lo cobre de la fianza ya que sabemos que tiene muchas deudas y no tenemos la seguridad de que nos reembolse la fianza, ¿qué podemos hacer? en el caso de no pagar este último mes qué nos podría pasar? ¿hay alguna forma de reclamar mi fianza?
Preguntado por:
kayser
Hace 16 años
Categoría: Caseros
Amparo BB
profesional
Una vez hecho el documento de entrega de llaves y fin de contrato sin desperfectos , la ley da al casero 30 días para devolver la fianza. Si pasados esos días no lo ha hecho, podéis ponerle una demanda en el juzgado por e... Leer toda la respuesta[+]
Para recuperar la fianza hay que esperar hasta que el arrendador la recupere de la administración donde debió depositarla, con el límite de un mes para no añadir intereses. Si esa espera no da resultado, el arrendatario p... Leer toda la respuesta[+]
Gracias por las respuestas , lo del coeficiente dudo que sea el medio pero bueno, otro problema adicional es que no se si ha depositado la fianza en la administracion, ¿cómo puedo comprobar si lo hizo?¿¿si no fuese así qu... Leer toda la respuesta[+]
Después de entregar mis las llaves y cobrar mi fianza (ahora hay un nuevo inquilino ) me reclaman que pague desperfectos
4 respuestas
Hace una semana entregué mis llaves a un nuevo inquilino, revisaron los propietarios la casa dos veces (hice muchas mejoras, parket, pintura, valla del jardin, iluminación exterior, monomando ducha etc que pierdo) a mí me funcionaba todo correctamente. Ahora me dicen en las fincas, que el propietario "exige" que pague el arreglo de una tubería de la cocina que pierde agua (por embozo según él) y dos manetas de puerta que no funcionan. No sé qué he de hacer pero como acabamos tan mal porque me ponían problemas para devolverme la fianza, pienso que ahora buscan cualquier cosa para fastidiarme. ¿He de pagar yo eso ahora que ya ni vivo ahí y mi contrato acabó el 30 de septiembre? es urgente. Gracias
Preguntado por:
anaf69
Hace 16 años
Categoría: Reparaciones
Manuel Pregal
profesional
Hola, pese a que haya dejado en el piso mejoras, si en los 30 días posteriores a la entrega de llaves se detecta alguna anomalía (imputable al inquilino), entonces deberá responder de ellas. Espero haberle ayudado.
Las instalaciones de la vivienda son responsabilidad del propietario. Y las tuberías de agua son parte de la instalación de agua. Respecto a las manetas... (¿picaportes?) en teoría tendrías que haberlas reparado tú. Si no... Leer toda la respuesta[+]
anaf69, No tengo yo tan claro como Amparo BB, que el embozo de un desagüe sea responsabilidad del propietario. Tampoco afirmo, como ella, que, si no lo hicieron constar en el documento de fin de contrato, ya no tienen nad... Leer toda la respuesta[+]
Hola, gracias por contestarme, por otro lado me están contestando en esta página y me dicen que después de entregar las llaves tienen los propietarios 30 días para poder reclamarme desperfectos. El caso es que todo estaba... Leer toda la respuesta[+]
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