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Alvaro

inquilino/a

Resvision del Gas y reparación, y bajada del IPC

Hola a todos.
Lo primero gracias por atender nuestras suplicas, el mundo del alquiler es muy enrevesado, y esta ayuda es vital, se agradece.
Mi problema es el siguiente:

Estoy alquilado en un piso en el que justo este mes he cumplido el primer año, la semana pasada vinieron a hacer la revisión obligatoria del gas, cosa que nos cobrarán en la siguiente factura del gas, pero además resulta que no la pudieron hacer porque se ve que la toma que usan para hacer mediciones esta obstruida, no se sabe si por como se montó en su día o por falta de mantenimiento. Así que nos dan 6 meses para repararlo y que vuelvan a hacer la medición pertinente.

Le escribí un e-mail a la dueña explicándole la situación y que entendía que este tipo de cosas las paga el arrendador, y me respondió con una serie de artículos de la ley de arrendamientos y que por todo ello entiende que tanto la revisión como la posible reparación la debo pagar yo como arrendatario.
Los artículos a los que hace referencia son los siguientes : -------------------------------
Según lo dispuesto en la normativa de aplicación, los contratos de Alquiler se regirán por La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, modificada por la Ley 4/2013 de 4 de junio de medidas de flexibilización y fomento del mercado de alquiler de viviendas, En defecto de norma se regirán por lo previsto en el Código Civil. Y los artículos 20.3.y 21.4 de la mencionada Ley 29/1994, establecen lo siguiente: -Artículo 20. 3. Gastos generales y de servicios individuales. ? 20.3. Los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario.? -Artículo 21.4. Conservación de la vivienda. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.? -Por otra parte, los artículo 1563 y 1564 del Código Civil establecen lo siguiente: Art. 1563: ?El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya.? Art. 1564: ?El arrendatario es responsable del deterioro causado por las personas de su casa.? -------------------------------
En nuestro contrato de alquiler respecto a este tipo de asuntos sólo figura esto:

--
Cláusulas.- El presente contrato se regirá de forma imperativa por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes, en el marco de lo establecido en el titulo II de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante LAU) modificada por la Ley 4/2013, de 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas. En defecto de norma o pacto expreso, se regirá por lo previsto en el Código Civil.
Serán por cuenta de la arrendataria los daños o desperfectos que se realicen al contenido o continente de la vivienda por el mal uso de los mismos y serán por cuenta de la arrendadora los deterioros causados por el uso cotidiano de los muebles, enseres y electrodomésticos.La parte arrendataria está obligada a hacer un seguro de la vivienda.
-- Mi pregunta sobre este tema es evidente, ¿Debo yo como arrendatario hacerme cargo tanto de la revisión obligatoria del gas como de la reparación que de ella se deriven?

¿Donde puedo acudir para que pueda exigir que lo pague la parte arrendadora si así fuera el caso?
Y respecto al IPC, como cumplimos un año de contrato y el IPC va a salir presumiblemente negativo, me dijo que tuviera en cuenta que el IPC se aplica sobre la renta menos los gastos de comunidad. Esto es así? Es decir si de gastos de comunidad tengo 50? a estos no les tengo que aplicar el IPC?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

  • Preguntado por: Alvaro
  • Hace 9 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (1)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    Respecto al ipc, depende de como esté redactado el contrato, si la cuota que pagas es una, como alquiler, y ahí está incluida la comunidad, se aplicará a toda la cuota.
    Si por el contrario, tienes alquiler + 50 euros de comunidad, solo se aplicará al alquiler.
    Gas, que coste tiene dicha reparación? si es menos de 150 euros, en principio, te corresponde abonarlo, si es más, podrías reclamarlo a la parte arrendadora, siempre y cuando puedas demostrar que no es por falta de mantenimiento.
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