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mlabgar

inquilino/a

Llevo en un piso como inqulino 5 años. El horno se rompe solo, dejó de funcionar. ¿quién debe pagar el arreglo?
Llevo 5 años y el horno no tengo ni idea de cuantos años tiene porque no era nuevo cuando yo entré. Jamás he hecho mal uso de los electrodomésticos. De hecho este es el primero que falla. En el contrato dice que tengo que repararlo yo. ¿Se puede considerar que es una cláusula abusiva? Quién debe reparar los electrodomésticos que se rompen en un piso de alquiler si no es por mal uso sino por obsolescencia?
  • Preguntado por: mlabgar
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Guimaraens Abogados ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Bueno bueno bueno... yo creo que mi casa tiene condiciones de habitabilidad... y no tengo horno... Ni lo tiene mi madre, ni mi hermana... ¿Qué se le va a hacer? La cocina se ve que no es lo nuestro....

    Lo que quiero decir es que me extraña que la carencia de horno reste habitabilidad a la vivienda y yo creo que aplica más el punto 4 del artículo 21 que cité más abajo.
  • Guimaraens Abogados

    profesional

    Apreciado Mlabgar:

    El artículo 21 de la LAU dispone que el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.

    Como en el caso que nos ocupa comentas que no has sido responsable del deterioro del electrodoméstico entonces será obligación del propietario repararlo.

    No obstante, ten en cuenta que el mismo artículo 21 dispone que deberás poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de la reparación, a cuyos solos efectos deberás facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe.

    Guimaraens Abogados está a tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.

    Atentamente,
    Guimaraens Abogados
    Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
    Tramitamos procedimientos en toda España
    www.guimaraens.es
    Teléfonos: 93 4879483 – 655085046
    C/ Balmes nº 84 4ºB Barcelona
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Cuando el horno deba ser sustituido, en mi opinión el casero deberá correr con los gastos del nuevo.

    Pero si se trata de una simple reparación, la ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 21-4, dice lo siguiente:

    4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.
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