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Francisco Flores

inquilino/a

Tengo un piso alquilado como arrendatario de renta antigua desde octubre de 1983, ¿nos pueden modificar la renta?

hasta ahora se ha pagado ibi, todas las actualizaciones de precio anuales.

y ahora con el paso del tiempo nos proponen una revisión en bruto del cambio de renta

  • Preguntado por: Francisco Flores
  • Hace 13 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Cabe una actualización de renta, siempre que se respeten unos baremos que marca la ley de arrendamientos de 1.994, en función del número de personas que residan en la casa y sus ingresos. Además cabe la posibilidad de no aceptar la subida, aunque se superen los baremos fijados, aunque en ese caso el contrato se extingue a los 8 años.

    Le aconsejo que con la carta que haya recibido de sus dueños acuda a un abogado para que examine si cabe subida o no. Si no se opone en plazo de 30 días se entenderá aceptada la subida.

    www.asistencialegal.net

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