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Suso

inquilino/a

¿El legal actualizar la renta antigua a la viuda?
Mis padres viven en una vivienda en régimen de alquiler desde 1967, a partir de la ley del 84 les están actualizando la renta, actualmente pagan 327 €.

Mi madre se ha quedado viuda y la pensión que le queda es bastante inferior a los ingresos que tenían antes.

He leído que si los ingresos no son superiores a 2,5 SMI no pueden seguir actualizandolo.

¿Es cierto?, ¿qué debo hacer para que el propietario no siga haciéndolo?
  • Preguntado por: Suso
  • Hace 15 años
  • Categoría: Renta antigua
Respuestas (1)
BUFETPRIETO SLP ha sido el primero en contestar
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    El límite al que Vd., está haciendo referencia, es el establecido para una actualización extraordinaria que permitió la ley del año 94, actualización que debió terminar en el supuesto más largo en el año 2004. A partir de la fecha en que se completara esa actualización extraordinaria, la misma disposición estableció que se podrá seguir actualizando según el IPC anual, sin que exista ningún limite por los ingresos del inquilino, y salvo que en el contrato exista otro sistema de actualización previsto. Por tanto el propietario puede aplicar cada año la actualización por IPC.

    BufetPrieto SLP
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