¿Pueden negarle a mis padres que se cambie la bañera que está mal y por mi madre, por un plato de ducha?
Bueno, el caso es que mis padres tienen la bañera rota desde hace tiempo y mi madre por los huesos que está mal han decidido cambiarlo por un plato de ducha, ya que otras personas con el mismo tipo de alquiler hanh echo reforma, el dueño la ha dicho que no puede y que si lo cambia le cambiará el contrato y que puede entrar en casa de mis padres cuando quiera ¿eso puede hacerlo? y amenazarlos que si lo cambian va a ir a por ellos.
Llevan ya casi 3 años con humedad abajo en la finca que ha llegado a salir a la calle, y él ha traido a personas que lo que han hecho es cobrarle a la gente un pastón y no lo han arreglado, y él dice que no es su problema, ¿Él tiene derecho a jugar así con las personas y más que son mayores? Gracias de antemano y espero su respuesta. MJ
Es un tema difícil de contestar; lo primero es saber la causa por la que está rota la bañera; si la rompieron los inquilinos deben reponerla a su estado original, si se entregó deteriorada y puede llegar a causar un daño inminente o una incomodidad grave podrían incluso repararla por su cuenta (poniéndolo en conocimiento del arrendador) y exigirle de inmediato su importe .
Pero en todo caso la ley dice claramente que necesita el consentimiento por escrito del arrendador para realizar una obra que modifique la configuración de la vivienda o sus accesorios (cambiar una bañera por un plato de ducha), si lo hacen sin ese requisito es causa de resolución del contrato, además de tener la obligación de reponer las cosas al estado anterior a la obra.
En cuanto a las humedades es un problema ya de pérdida de la habitabilidad mínima exigida a una vivienda con lo cual pueden requerir al dueño vía burofax para que lo arregle de manera inmediata y si no, como he dicho antes, realizarlas uds. como reparación urgente y pasar el cargo al porpietario, pidiendo un informe al técnico que las repare en el que dictamine sus causa y origen.
Lo que tampoco puede hacer en ningún caso es entrar en la vivienda alquilada por sus padres cuando quiera, solo podría con una orden judicial por motivos muy concretos.
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