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fátima

casero/a

El toldo de una pérgola situada en el jardín, rota por no quitarla en invierno, ¿tiene el inquilino que pagarla?
El inquilino dejó el toldo de la pérgola situada en el jardín cuando empezó el invierno, a causa de las lluvias se le rajó y dice que él no tiene que pagarlo. Yo pienso que sí que ha sido un mal uso del inquilino. Gracias
  • Preguntado por: fátima
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reformas
Respuestas (1)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Antonio Postigo

    profesional

    En mi opinión es un caso claro de no actuar como un "diligente padre de familia", con relación a este asunto establece el Código Civil lo siguiente:

    "Artículo 1555
    El arrendatario está obligado:
    1. A pagar el precio del arrendamiento en los términos convenidos.
    2. A usar de la cosa arrendada como un diligente padre de familia, destinándola al uso pactado; y, en defecto de pacto, al que se infiera de la naturaleza de la cosa arrendada según la costumbre de la tierra.
    3. A pagar los gastos que ocasione la escritura del contrato. "

    Y sobre a quién le toca acreditar la responsabilidad del deterioro esto es lo que dispone el Código Civil:

    "Artículo 1563
    El arrendatario es responsable del deterioro o pérdida que tuviere la cosa arrendada, a no ser que pruebe haberse ocasionado sin culpa suya."

    Así que le tocaría al inquilino acreditar que no ha sido un mal uso suyo, ni falta de cuidado por su parte...

    Un saludo.
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