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Jetzarie

inquilino/a

¿Puede celebrarse un contrato un año con cláusula de ocupación de arrendador a partir del 7º mes?

¿Puede celebrarse un contrato un año con cláusula de ocupación de arrendador a partir del 7º mes?

  • Preguntado por: Jetzarie
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Habría que examinar el contenido de esa clausula si implica que el arrendador va a convivir con su inquilino o que éste debe marcharse a partir del 7º mes.

    Si se trata de la vivienda habitual del inquilino es una clausula nula e ineficaz, así redactada. Si no es así habrá que justificar l razón d equ el arriendo dure siete meses solamente.

    Puede contactar conmigo en mi blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ o consultarme directamente por teléfono: 807 520 008 (1,16 eur./min. Desde fijo; 1,55 eur./min. Desde móvil)

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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