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Jana Guz

inquilino/a

Prórroga de contrato: ¿hay que mandar un correo oficial?

buenos días,

¿alguién me puede ayudar si para la prorroga de mi contrato necesito mandar un correo oficial? Como pagué 4 meses de fianza, no quiero hacerlo mal.

en mi contrato está escrito:

el referido arrendamiento iniciará su vigencia el día 28 de Febrero. De 2011 y finalizará con fecha 28 de Febrero de 2012,  con un mes de antelación a la finalización de cada prorroga las partes podrán avisar para rescindir el contrato o seguir en la vivienda.

        no obstante lo anterior, la parte arrendataria tendrá derecho a las prórrogas legales de cinco años de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos de 1. 994 (Ley 29/1. 994 de 24 de noviembre).

 

muchas gracias

  • Preguntado por: Jana Guz
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Jan Abogado ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
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