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Samotracia

casero/a

Soy propietaria que alquila una habitación a otra persona. Hicimos un acuerdo verbal, con preaviso de 15 días para su fin

Me acusó de entrar en su habitación, hecho no cierto. Le comuniqué por finalizar la relación de alquiler, ella dice que no se irá sin una orden de desalojo.

La fianza fue de 15 días, la dí un recibo del que no tengo copia, pero ella dice que no le dí recibo y que la fianza fue un mes completo. Me he informado que estos alquileres se rigen por el Código Civil, ¿alguien sabe qué alternativas tengo para terminar la relación de alquiler? ¿y en relación a la fianza?.

Me temo que el tiempo que siga no realice los pagos de fras, ¿me puedo proteger de alguna forma?

Gracias.

 

  • Preguntado por: Samotracia
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Samotracia

    casero/a

    Muchas gracias Amparo por tu información. Me han indicado que lo oportuno sería finalizar el 15 de Mayo que es cuando comenzó esta persona, sigo asesorándome por si ella no quiere marcharse en esa fecha.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Viene del post anterior:

    Podríais enviarle un burofax más o menos así:
    Sr/a D./Doña [nombre de arrendataria]
    [dirección completa del piso]
     
     
    Señora,
    Mediante este escrito, le notifico con 15 días de antelación al fin de este mes, mi intención de NO PRORROGAR el contrato verbal de arrendamiento de habitación que mantenemos desde que usted la ocupara, el pasado xx de xx de 20xx
    Como usted sabe, al tener únicamente un contrato verbal, sin fecha de duración pactada,  dado que la renta del arriendo se pactó mensual, el artículo 1581 del código civil, permite a cualquiera de las partes, dar por concluido el arriendo al fin de cada mes, incluso sin previo aviso. Yo estoy siendo comprensivo y le estoy dando 15 días para que pueda usted, si lo desea, buscar otra habitación en otra parte.
    Por tanto, el dd de mes de 200xx, deberá dejar libre la habitación, y tras inspeccionarla conjuntamente, procederemos a liquidar el importe de los 15 días de fianza que usted depositó al entrar, me devolverá las llaves (del piso o de la habitación o de ambas según el caso) y daremos por concluído el arriendo.
    De no abandonar usted la habitación en la fecha que le he indicado,  me veré obligado a presentar una demanda contra usted, solicitando el desahucio,  así como las costas judiciales del proceso que me obligaría a iniciar.
    Sin otro particular, reciba un atento saludo.
     
     
    Firmado: Nombre arrendador
    ------------------------------------------------------------
    Eso si, si no funciona, la siguiente es buscar un abogado e iniciar el proceso de desahucio. No es que fuera un farol, es el siguiente paso...


     
    Espero que funcione.


    Un saludo  -  Papeleos Alquiler

     

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Respecto a la fianza, es ella quien tendrá que probar que fue de un mes completo mostrando el recibo que tu le darías en su momento.

    En este caso te beneficia que el contrato sea verbal. Al no haber contrato no existe PRUEBA de por cuánto tiempo se pactó el arrendamiento.
    El código civil establece lo siguiente:
    Artículo 1581
    Si no se hubiese fijado plazo al arrendamiento, se entiende hecho por años cuando se ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual, por días cuando es diario.
    En todo caso cesa el arrendamiento, sin necesidad de requerimiento especial, cumplido el término.

    Eso quiere decir, que como probáblemente habéis fijado un alquiler MENSUAL, cada final de mes, cualquiera de las partes puede dar por concluído el arriendo sin mas gaitas.

    Sigue en otro post.

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