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inquilino/a

¿Puedo negarme a pagarle la subida del IPC? qué consecuencias podría tener?
Qué consecuencias podría tener? ya me lo subió el año pasado, me lo dijo en diciembre del 2008 que me lo iba a subir, y en enero del 2009 le empecé a pagar la subida y hasta ahora, pero todavía no había hecho el año de contrato; ¿cuánto tendría que habérmelo subido si pagaba 420? (por lo que he leído no tendría que subirlo hasta la prórroga de contrato) ahora no quiero pagarle la subida hasta que haga la prórroga de contrato, que es en mayo. ¿Puedo negarme a pagarle la subida hasta mayo? y cuánto tendría que subírmelo?
  • Preguntado por: r
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
IGomez ha sido el primero en contestar
IGomez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Miguel A.

    casero/a

    Haz caso a IGomez, la ley lo estipula así. Por tanto, la renta la estás pagando completa y en mayo, al cumplir el año de la firma del contrato, el casero tendrá derecho a realizar la subida (o bajada ojo! que tal como están las cosas... y aquí manda el IPC).
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola de nuevo, En caso de que no pagues la actualización de la renta se considerará que no estás pagando la renta completa y por tanto, podría entenderse como una deuda que puede generar un motivo de desahucio.

    En caso de que tenga cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, y estaremos encantados de resolvérsela y ponernos a su disposición.

    Un saludo,
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    902.88.54.73
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola, Lo primero que debes hacer es revisar tu contrato de alquiler para ver cuándo se actualiza el IPC según el mismo. Por norma general se actualiza de año a año (tomando como referencia el mes en que firmasteis el contrato).

    Puedes encontrar la referencia de la actualización del IPC en la página del Instituto Nacional de Estadística: www.ine.es

    En caso de que tenga cualquier duda puede ponerse en contacto con nosotros, y estaremos encantados de resolvérsela y ponernos a su disposición.

    Un saludo,
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    902.88.54.73
  • IGomez

    casero/a

    La actualización del alquiler se tiene que hacer en cada anualidad del contrato, si el casero pretende subirte el alquiler antes de la anualidad, puedes negarte a ello enseñándole lo que dice la LAU de 1994 en su artículo 18.1: "Durante los cinco primeros años de duración del contrato la renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la
    variación porcentual experimentada por el Indice General Nacional del Sistema de Indices de Precios de Consumo en un período de doce meses inmediatamente
    anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado." Todo esto durante los primeros cinco años de contrato.

    Para saber cuánto te tienen que subir el alquiler puedes usar la calculadora del INE: http://www.ine.es/calcula/calcula.do
    • Respondido por: IGomez
    • Hace 15 años
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