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Saray

inquilino/a

¿Es legal que en el contrato de alquiler el propietario obligue al inquilino renunciar al artículo 9 de la Ley 29/1994?
de 24 de Noviembre obligándole también a renunciar al derecho a tanteo y retracto?
  • Preguntado por: Saray
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Lucas Martinez ha sido el primero en contestar
  • Lucas Martinez

    casero/a

    No, no es legal que te obligue a renunciar al artículo 9. Mira lo que dice el artículo 6 de la LAU de 1994:

    "Artículo 6. Naturaleza de las normas

    Son nulas, y se tendrán por no puestas, las estipulaciones que modifiquen en perjuicio del arrendatario o subarrendatario las normas del presente Título, salvo los casos en que la propia norma expresamente lo autorice."

    Sobre lo del derecho de tanteo y retracto, tampoco lo puede hacer acogiéndote al mismo artículo 6 de arriba. Sólo lo podría hacer si se tratase de un contrato de arrendamiento de duración superior a cinco años: " El pacto por el cual el arrendatario renuncia a los derechos de tanteo y retracto será válido en contratos de duración pactada superior a cinco años." (art. 25, LAU 1994).
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