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Enila_rubi

inquilino/a

¿El casero tiene derecho a echarme del piso después de un año de la renovación automática del contrato?
Se me ha renovado el contrato automáticamente después de 5 años de alquiler. ¿Al cumplir un año el arrendador tiene derecho a echarme del piso?
  • Preguntado por: Enila_rubi
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (4)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    No, una vez llegado el vencimiento del plazo mínimo de 5 años si ninguna de las partes notifica a la otra con al menos 1 mes de antelación, la lau 94 contempla otra prórroga obligatoria para el propietario por otros 3 años (y potestativa para el arrendatario cada anualidad).-art 10.

    Estamos a tu disposición,
    Api Colegiado Inmodos
    Web: http://www.inmodos.net/
    E-mail: info@inmodos.net
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No. Una vez que se cumplen los primeros 5 años, si ninguna de las partes se ha opuesto, el contrato se ha prorrogado por 3 años más, durante los cuales, sólo el inquilino, en uno de los cumpleaños del contrato, podría decidir no renovarlo.
  • //Mfan

    inquilino/a

    Entiendo que usted esta en el 6 año de alquiler, según el artículo 10 de la LAU usted podría permanecer en el piso hasta el octavo año pudiendo cancelar usted el contrato como hasta ahora en las renovaciones que para el propietario serán forzosas.
    • Respondido por: //Mfan
    • Hace 14 años
  • manuel josé

    casero/a

    Si el arrendador no comunica por burofax con acuse de recibo 30 días antes de cumplirse la 5º anualidad, el contrato se prorroga automáticamente 3 años más, no pudiendo el arrendador echarte del piso hasta el 3º año (8ª año) siempre que con preaviso de 30 días a la finalización de la 8º anualidad te comunique por burofax y acuse de recibo la finalización del contrato.

    Si pasan 15 días de la finalización sin comunicar finalización 8º anualidad se entra en la tácita reconducción y se aplica el Código Civil ( no la L.A.U.) y se prorroga por meses si pagabas por meses, por días si pagabas por días hasta que uno comunique final.

    Saludos,
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