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maria jose bertran

casero/a

Tengo un local en alquiler en Barcelona, se dedica a "bar de copas" el contrato es de 1982 y paga unos 500
Este contrato es indefinido? está a nombre de una persona y en su ausencia otra. Además entran y salen cada noche por la portería de vecinos haciendo ruido, se puede anular la puerta que da a la porteria? Gracias. Un saludo.
  • Preguntado por: maria jose bertran
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Juan ha sido el primero en contestar
  • Juan

    profesional

    Le interesa conocer la Disposición transitoria tercera de la Ley de arrendamientos urbanos de 1994, especialmente su apartado B, que regula la extinción y subrogación de estos contratos. Como norma general el contrato se extingue por la jubilación o fallecimiento del arrendatario, pero puede subrogarse el cónyuge que continúe la actividad hasta que se jubile o fallezca. A falta de cónyuge puede subrogarse un descendiente que continúe la actividad, pero su contrato se extingue en 2005.
    • Respondido por: Juan
    • Hace 15 años
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