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Carmen

inquilino/a

alquiler a empresa embargada
Buenas tardes, Me dirijo a ustedes para explicarles la situación actual a ver que opinan ustedes, me será de mucha ayuda Estamos de alquiler en un piso que era de una sociedad pero les ha sido embargado, y en la actualidad es de un banco, he estado pagando puntualmente todos los meses al antiguo propietario,, el banco no quiere alquileres, pero yo tengo un contrato de 5 años legal y por poco que pueda, me gustaría que lo respetaran Me pueden echar así como asi?? A quién pago ahora?? me he enterado que puedo consignarlo en el juzgado, pero para sirve?? Quién se lo lleva?? Quien me devolverá la fianza?? He de ir al banco a preguntar o espero a alguna notificación?? Y si es así,, qué me notifican que he de marcharme con una fecha?? Y mi contrato?? También creo que si quieren que me marche, puedo pedir una indemnización por ello?? Es asi Agradecería toda la información y consejos que me puedan aportar Saludos
  • Preguntado por: Carmen
  • Hace 8 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Carmen:
    Coincido con la respuesta del Sr Piscis tres. La transmisión del dominio únicamente se realizará a través de la adjudicación de la vivienda a la entidad acreedora, momento a partir del cual ésta deberá comunicarla a usted que es la nueva parte arrendadora.
    Reciba un cordial saludo.
    http://letradosalquileres.es.tl/
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Carmen, un piso embargado, mientras no se adjudique, sigue siendo del mismo propietario al cual le tienes que seguir pagando la renta.
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