Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

inquilino23

inquilino/a

Hace 3 semanas firmé el contrato y la dueña no. Ayer llego y ya no quiero el piso x daños se llevó el contrato. Es legal?

el piso tiene dañado los rieles las puertas, cucarachas la cocina remodelada pero cuando la terminaron ni siquiera tiene horno, a mi hijo se le cayo una puerta del closet en la cabeza y no quieren ni cambiar los muebles, ni los rieles de las puertas ni tirar lo q no sirve, ni nada, el telefonillo no va, se sale por la tangente piensa q por q le dio una mano de pintura el piso esta chulo, nunca hace caso cuando hay un daño , por eso cuando llego le dije q el piso esta mal y no quiero vivir asi pero se aprovecho que el contrato esta firmado por mi, y se lo llevo , para ella firmarlo y asi, si me voy quedarse con mi fianza. lo que hizo es legal?, que pasa si dejo de pagar el alquiler?

  • Preguntado por: inquilino23
  • Hace 11 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas  conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 11 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas