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Laura rodriguez

inquilino/a

subida de alquiler y prorroga


Hola, mi contrato de alquiler se firmo el   11/05/2011, con la antigua ley de 5 años que en nuestro caso nos lo hicieron por   62   meses osea finalizando el   11/07/2016. cuando entramos al   6to. año   se prorrogo de manera automática ya que no hubo ningún aviso etc. Este año han cambiado de inmobiliaria que gestiona los pisos de alquiler del dueño y nos notificaron el   07/06/2018   la intención de   subir el alquiler   y firmar una prorroga por un año con esta subida,   esta notificacion la hicieron via whataspp.
-   Mi pregunta es pueden subirnos el alquiler? - en caso que nos negaramos a pagar la nueva cantidad establecida nos pueden pedir el piso?, cuanto tiempo tenemos para que nos hechen del piso?
muchas gracias por la ayuda

  • Preguntado por: Laura rodriguez
  • Hace 5 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Esto es lo que aplica a su caso
    ----------------------------------
    Artículo 10 . Prórroga del contrato  (para su contrato no para los actuales)
    Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo
    cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la
    otra,
     al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no
    renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales
     hasta un máximo de tres años más,  salvo que el arrendatario manifieste
     al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de
    cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el
    contrato.

    Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y
    convencional al que estuviera sometido

    -------------------------------
    Así que cuando su contrato "venció" el 11-7-2016, se autoprorrogó por 3 años más.

    Salvo que en el contrato se hubiera estipulado otra cosa, durante el tiempo que falta hasta  julio de 2019 solo podrán actualizar la renta con el mismo método que los años anteriores.


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