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César1980

inquilino/a

Qué gastos debo pagarle al propietario?

Hola, al dejar el piso en el que vivia dí de baja la luz, ahora el propietario me reclama los gastos de volver a dar de alta la luz y 400€ ya que los nuevos inquilinos han estado 20 días sin luz. Debo pagarle esos 400€?

gracias.

saludos.

  • Preguntado por: César1980
  • Hace 9 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (7)
Pelayo de Salvador ha sido el primero en contestar
  • César1980

    inquilino/a

    Gracias x vuestro tiempo, intentaré negociar 

     

    saludos.

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    La cláusula que menciona le obliga a pagar lo que el arrendador lo solicita. Pero ¿le pondrá un pleito por tan poca cantidad? Intente pactar

    http://www.abogadoarrendamientos.com/

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Habrá que negociarlo con  el casero, referente a los 400 € al no proceder ya que es una estimación muy personal, dile que no los abonas y que si quiere le pagas lo del alta de la luz.

    Si el exarrendador lo acepta, habrá que hacer un documento exponiendo que le abonas los gastos de la nueva alta de la luz ( previa especificación y comprobación de su importe) y que a partir de la fecha, quedais ambas partes saldados y finiquitados por todo concepto.

  • César1980

    inquilino/a

    Entonces qué puedo hacer?  

    saludos 

  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Opino que los gastos de alta de luz los has de pagar, pero los 400 € son muy discutibles.

  • César1980

    inquilino/a

    Hola, yo era el titular, en el contrato de arrendamiento, no se contemplaba este hecho, pero sí hay una cláusula, en la que dice que en el caso de dar de baja los suministros el inquilino debe correr con los gastos de suministros y gastos asociados

    Gracias.

  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes,

    ¿¿quien era el titular del contrato de suministro eléctrico?

    ¿¿había alguna previsión al respecto en el contrato de arrendamiento?

    debe tenerse en cuenta que la práctica habitual es, si la titularidad es del inquilino, hacer un cambio de titularidad del contrato, pero nunca darlo de baja precisamente por los gastos que ello conlleva.

    un saludo,

    www.desalvador.es

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