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JUAN CARLOS FM

casero/a

¿Tiene el casero responsabilidad respecto al mal comportamiento, ruidos, peleas y molestias de sus inquilinos?
¿Tiene el propietario de un piso alquilado responsabilidad respecto al mal comportamiento, ruidos, peleas y molestias al resto de vecinos producidos por los habitantes de esa vivienda (supuestamente inquilinos o invitados de los inquilinos)?

Gracias, mi nombre es Juan
  • Preguntado por: JUAN CARLOS FM
  • Hace 14 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (5)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
urbano.perez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Juan P

    casero/a

    El casero no puede ser responsable de lo que hagan o dejen de hacer los inquilinos, porque no es su padre.

    Si hacen ruidos, lo mejor es que el vecino afectado o la Comunidad llamen a la policía local, que compruebe si efectivamente esas molestias constituyen alguna clase de infracción o no.
    • Respondido por: Juan P
    • Hace 14 años
  • urbano.perez

    casero/a

    En cuanto a la responsabilidad del propietario no lo entiendo. Mi caso fue que la comunidad se quejó de los ruidos, me comentó que tenóa que echarlos, pero les comenté que como no vivía allí, no podía justificar en un juicio, por lo que les propuse que fueran ellos quienes denunciaran a los inquilinos, cosa que se negaron y me amenazaron con seguir la denuncia. ¿Cómo puedo denunciar a los inquilinos si no tengo testigos?
  • luisasoria

    profesional

    La realización de actividades molestas es motivo de incumplimiento del contrato y por tanto podría solicitar la resolución del mismo.
  • Daniel Gutierrez

    profesional

    Este comportamiento es denunciable y motivo de incumplimiento contractual. Dependerá del grado de ruidos y del comportamiento.

    Hola Juan Carlos,

    El presidente deberá notificar al propietario y con razones suficientes intentará convencerle de que resuelva el contrato. Si no accede y resulta el comportamiento nocivo, insalubre o ruidoso (controles de ruido, denuncias, etc), podran exigir al propietario e inquilinos responsabilidad, a través de la Junta y posteriormente en los Tribunales.

    Un saludo y suerte.

    Esta respuesta no es vinculante.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Habría que determinar a qué tipo de responsabilidad se refiere, entiendo que en todo caso y una vez acreditadas esas molestias como constitutivas de motivo de resolución de contrato tendrá acción contra el inquilino para desahuciarlo.

    En mi blog pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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