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SONIA DOMINGO LEAL

inquilino/a

¿Tengo que poner lavadora y nevera en el piso en alquiler?
Hola,

Tengo un piso nuevo y lo quiero alquilar. Quisiera saber si estoy obligada a facilitar lavadora y frigorífico, si debo incluir la comunidad en el precio y de qué duración puedo hacer el contrato.
  • Preguntado por: SONIA DOMINGO LEAL
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Carla ha sido el primero en contestar
  • Al-Killer

    profesional

    Hola Sonia, buenas noches, espero ser de ayuda. En primer lugar, no estás obligada a absolutamente nada con respecto a la vivienda, pero si he de decirte que una vivienda con una buena lavadora y un buen frigorífico es más fácil de alquilar. Pero aún así te voy a dar un consejo que te hará verlo claro. Publica en tu anuncio de arrendamiento, que alquilas el piso con la cocina amueblada, y que el equipamiento lo pones si es necesario. Es decir, tienes las 2 opciones pero no gastas dinero de antemano en nada, hasta saber que necesita en concreto esa persona a la que le gustó tu piso. Si solo quiere una lavadora porque tiene la nevera, eso que te ahorras, no? Osea que estarás optando a todos los clientes, los que tienen y los que no tienen electrodomésticos. Bien no?
    Por otro lado, el contrato tienes que hacerlo de un año prorrogable a cinco como determina la ley, y respecto a lo de incluir la comunidad en el precio, te recomendaría no hacerlo porque se de casos de inquilinos que aseguran estarla pagando y cuando se van a los 5 años, debes miles de euros a la comunidad. Incluye la comunidad en el alquiler, y al pagarla tú, estarás más tranquila. Mucha suerte y a por ello.
  • Carla

    casero/a

    No estás obligada a poner lavadora y nevera pero yo te aconsejaría que lo hicieras porque casi todo el mundo incluye esos dos electromésticos en los pisos que alquila y te será mucho más fácil alquilar el piso .

    Sobre el pago de la comunidad de vecinos, si quieres que te paguen las cuotas, debes incluir una cláusula en el contrato en la que se especifique esto y su importe. El contrato puede tener la duración que tú quieras no obstante, tratándose de arriendo de vivienda habitual, como parece ser el caso, cuando llegue la fecha de fin del contrato, éste se prorrogará de forma obligatoria y por plazos anuales hasta sumar un total de cinco años.
    • Respondido por: Carla
    • Hace 15 años
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