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yulay0

inquilino/a

Qué hacer cuando hay que maniobrar en un piso de alquiler donde llevas 2 años y se ha convertido en inhabitable.

Un inquilino lleva viviendo dos años en un apartamento , siempre ha cumplido con los pagos,ha ocurrido una urgencia con la tuberias del baño y cocina por la cual hay que hacer obras y no se puede vivir asi. La arrendadora esta al corriente de esto por lo cual la mejor  opcion que puede  dar es vivir en otro apartamento que tiene en mejor estado pero quiere subir el precio al doble de lo que paga actual,es aceptable este acuerdo,pues por lo visto no ha sido culpa del inquilino de que todo este ya obsoleto y halla que hacer obras,y tenga que elegir entre irse del apartamento o pagar el doble de otro,

Gracias.

  • Preguntado por: yulay0
  • Hace 12 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Paolo_x ha sido el primero en contestar
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    O sea, tiene que acarrear con las molestias mientras lo arreglan y, si dura más de veinte dias, tiene derecho a indemnización.

    un saludo

     

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Artículo 21. Conservación de la vivienda 1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil. La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28. 2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda. Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    a ver, mas alla de que quiera aceptar la situación; tiene usted derecho a que le reduzcan la cuota de alquiler en la parte proporcional al espacio que tiene "inhabilitado".

     

    La otra opción es tratar de llegar a un acuerdo con la propiedad, y buscar otro sitio.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
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