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Leili

inquilino/a

Finalización contrato
Buenas tardes, estamos a día 17 y el 30 nos acaba el contrato de alquiler, llevamos un año. Pueden los caseros decirnos que no renovamos el contrato y que tenemos que irnos? Cuánto tiempo tendrían que avisar? Ya que no nos han dicho ni que renovamos ni que nos tenemos que ir y quedan menos de 15 días para que finalice. En todo caso he intentado contactar con ellos y aún no he recibido respuesta.  Muchas gracias!

  • Preguntado por: Leili
  • Hace 7 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Estos son los supuestos en los que puede acceder a la vivienda:

    "
      No procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La referida comunicación deberá realizarse al arrendatario al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto. Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desalojo de la vivienda, no hubieran procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial a ocupar ésta por sí, según los casos, el arrendatario podrá optar, en el plazo de treinta días, entre ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta tres años, respetando, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, o ser indemnizado por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quedara por cumplir hasta completar tres, salvo que la ocupación no hubiera tenido lugar por causa de fuerza mayor."
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    Si es tu vivienda habitual, puedes permanecer en ella hasta cumplir el 3er año, a no ser, que sea para vivir ellos, con lo que, deberían avisarte con dos meses de antelación.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hola.

    Si se trata de arrendamiento de vivienda, pueden seguir ahí 2 años más sin que el casero pueda decidir "no prorrogar".

    Una vez cumplidos 3 años, el casero podrá decidir terminar el arriendo avisando con al menos 30 días.  Si no lo hiciera se prorrogaría por otro año... y así sucesivamente.

    Saludos    
    Papeleos Alquiler
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