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Cristina

inquilino/a

Contrato de luz a nombre de inquilinos
Buenas, llevamos cerca de un año viviendo en un piso de alquiler, sin problemas con los caseros ni viceversa (pagamos religiosamente), las facturas del agua y luz están a mi nombre (al instalarnos aquí lo primero que hice fue llamar a las compañías para poner dichas facturas a mi nombre y dirección del piso), pero los titulares del contrato son mis caseros(son una pareja separada, así q el contrato de agua esta a nombre de uno y el de luz a nombre del otro). Para resumir, hoy nos a llamado uno de ellos(el q tiene a su nombre el contrato de la luz) para decirnos que cambiemos el contrato de luz a nuestro nombre(la verdad q nunca nos habían pedido ningún casero nuestro eso antes) el motivo de esta petición lo desconocemos y nos a sonado un poco raro la urgencia con la q nos ha pedido q realicemos el cambio de titular (repito q pagamos todos los recibos religiosamente, facturas q vienen a nuestro nombre). Nuestras dudas son si el cambiar el titular del contrato de luz nos puede perjudicar de alguna forma? Y si el día de mañana decidimos mudarnos como se volvería a cambiar? Y también si esto tiene algún coste porque según nuestro casero es gratuito y yo tenia entendido q la compañía cobraba por estas gestiones. (Estamos con Ibeedrola) Gracias, un saludo.
  • Preguntado por: Cristina
  • Hace 6 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (8)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • MariaBarroso

    inquilino/a

    Oscar estas equivocado tú.  Al hacer cambio en el contrato se pagan obligatoriamente los derechos de acceso 19,70 y derechos de enganche 9,04 como mínimo. Si además hubiera que aumentar la potencia habría que pagar los correspondientes derechos de extensión. 
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Maria, estás equivocada, yo he cambiado muchas veces de titular las viviendas que alquilo, en concreto esta semana he cambiado una de ellas, tienes la opción de cambiar domiciliación bancaria, con lo que se hace telefónicamente, o bien, de titular, con lo que aportas una documentación, que es, D.N.i del antiguo titular, D.N.I del nuevo titular, y contrato de arrendamiento, junto con el nº de cuenta del nuevo titular si se desea domiciliar. Y el coste, te aseguro que es cero, al menos en iberdr-ola.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Maria, estás equivocada, yo he cambiado muchas veces de titular las viviendas que alquilo, en concreto esta semana he cambiado una de ellas, tienes la opción de cambiar domiciliación bancaria, con lo que se hace telefónicamente, o bien, de titular, con lo que aportas una documentación, que es, DNI del antiguo titular, DNI del nuevo titular, y contrato de arrendamiento, junto con el nº de cuenta del nuevo titular si se desea domiciliar. Y el coste, te aseguro que es cero, al menos en iberdr-ola.

  • MariaBarroso

    inquilino/a

    Es que no existe el concepto de "cambio de titular" en un contrato de luz. Se puede cambiar la titularidad de los recibos, que al parecer es lo que ya ha hecho Cristina. Pero para cambiar la titularidad de un contrato, hay que hacer un contrato nuevo y eso si que tiene coste
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Por un alta nueva si hay coste. Pero por un cambio de titularidad no.
    De todos modos, no tiene más que llamar a   iber  drola  y preguntarlo.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Por un alta nueva si hay coste. Pero por un cambio de titularidad no.
    De todos modos, no tiene más que llamar a iberdrola y preguntarlo.

  • MariaBarroso

    inquilino/a

    Si que tiene coste. Las compañías cobran unos costes fijos por dar de alta un nuevo contrato de suministro y eso teniendo en cuenta que no haya que realizar ninguna mejora en la instalación eléctrica de la vivienda qué haría que el coste fuera aún mayor 
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola Cristina, No tiene ningún coste, y es lo habitual, no tiene ningún perjuicio para usted, y se lo piden, porque si dejan de pagar, la deuda no se la quedaría el arrendador, si no usted como titular del contrato. Saludos Óscar
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