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Patricia

inquilino/a

carencia en contrato de arrendamiento de local
voy a firmar a 01 de febrero  un contrato de arrendamiento de uso distinto a vivienda, y me dan dos meses de carencia para adecuarlo, cuando debo empezar a pagar? o debo pagar el primer mes en curso y luego se cuenta la carencia.
  • Preguntado por: Patricia
  • Hace 5 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ingeniero Humberto

    Ingeniero Humberto

    inquilino/a

    Por mi experiencia, lo normal para poder adecuar el local a la actividad que se vaya a realizar y solicitar la licencia de actividad en el ayuntamiento, es dar el depósito al principio y empezar a pagar el alquiler después de los meses de carencia pactados.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Lo que hayan pactado.  
    Deben dejarlo clarito en el contrato.
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