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andresito

inquilino/a

¿Los pisos de protección ofical tienen un precio máximo de alquiler?
Soy de valencia
  • Preguntado por: andresito
  • Hace 15 años
  • Categoría: Inquilinos
Respuestas (1)
rosado ha sido el primero en contestar
  • rosado

    profesional

    En principio y dependiendo de la normativa autnómica, los pisos de VPRG ( Vivienda Protegida en Régimen General) se pueden alquilar, salvo que por título constitutivo lo prohíba. Es necesario tener en cuenta el artículo 18 de la Ley de la C.A. de Valencia 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana que dispone:

    "Los contratos de arrendamiento de viviendas, se ajustarán a lo establecido en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

    El arrendador deberá facilitar al arrendatario la documentación que autorice la ocupación de la vivienda, bien sea la licencia de ocupación, cédula de habitabilidad o calificación definitiva"

    Cumpliendo los requisitos anteriores en principio la renta se pactará de acuerto a la libre autonomía de las partes,
    • Respondido por: rosado
    • Hace 15 años
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