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danirt

casero/a

Mi inquilina no paga por lo que tendré que recurrir al avalista. ¿Con qué prontitud debe intervenir el avalista?
Legalmente, ¿Debe el avalista satisfacer la deuda al completo o puede eximirse de la misma?

Por otro lado, me preocupa que mi inquilina sea una madre que vive en el piso con su hijo menor de edad y que en un caso extremo el juez no dictamine un desahucio y yo me encuentre en una indefensión total.
  • Preguntado por: danirt
  • Hace 15 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
BUFETPRIETO SLP ha sido el primero en contestar
BUFETPRIETO SLP ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    En todos los casos, sea cual sea el resultado final, al haber un incumplimiento de contrato deberá ponerlo en manos de su abogado y llevarlo por la via judicial que decidirá en todo caso si es necesario reclamar el pago de la deuda al avalista asi como los intereses correspondientes de demora y las costas procesales. Para llegar al desahucio se deben dar muchos pasos y tal como está el ámbito judicial es como para ponerse a temblar. Más allá de ello no puede hacer gran cosa más que negociar un pago aplazado de la deuda, establecer una rebaja temporal de la cuota de la renta para ayudar al pago de la misma, es decir, poner facilidades que en caso de llegar a una situación judicial también hablarán en su favor al haber tratado por todos los medios de favorecer el pago de la renta.

    Saludos

    Jaime Feiner
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El avalista responde según las condiciones del aval pactado. En mi blog tengo tratado el tema en profundidad:

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/avalistas-y-fiadores.html

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/11/el-aval-de-los-arrendamientos-urbanos.html

    No es facil que el Juez retrase el lanzamiento por razones ajenas al contrato.

    A tu disposición para cualquier cosa que puedas necesitar.

    Pedro Hernández Olmo, abogado
    Web: pedrohernandezabogado.blogspot.com
    Teléfono: 976 399191
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
  • BUFETPRIETO SLP

    BUFETPRIETO SLP

    profesional

    En cuanto al desahucio, si existe falta de pago, el juez dictaminará el desahucio y lanzamiento, con independencia de las circunstancias del inquilino.

    Con respecto al aval, las obligaciones del avalista son las que se establecieran al confeccionar o redactar el aval, que puede ser total, solo por alguna de las obligaciones o con una cuantía máxima. Mi consejo es que la reclamación al avalista se realice una vez resuelto el contrato, pues si se ejecuta antes, y el contrato sigue en vigor, ya no tendrá esa garantía (dependiendo cómo sea dicho aval).

    Para una más acertada respuesta consulte con un abogado experto, al que debe llevar toda la documentación.

    BufetPrieto SLP
    E-mail:jprieto@bufetprieto.com
    Tfno: 938704558
    Web: http://www.bufetprieto.com
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