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Jose Luispp

casero/a

¿Qué cantidades puedo reclamar a un inquilino que se va sin avisar?
Mi inquilino se fue sin avisar y dejando las llaves dentro del piso. Creo que se fue en mayo, por las facturas de agua y de luz.. Hace unos días lo llamamos por teléfono y fue cuando nos dijo que se había ido. En realidad pusimos una demanda de desahucio en febrero, por impago, y el juicio será dentro de dos semanas. Aún no he entrado en el piso para evitar problemas. Quisiera saber qué cantidades de alquiler le puedo reclamar: desde que nos dijo por teléfono que se había ido, hasta la fecha de lanzamiento fijada por el juez , ...?
  • Preguntado por: Jose Luispp
  • Hace 14 años
  • Categoría: Desahucios
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Desahucios Ya

    Desahucios Ya

    profesional

    Hola,

    Al no haberte notificado que se ha ido del piso puedes reclamar hasta la fecha del juicio y en el juicio indicar que has tenido noticia de que el inquilino se ha ido por una llamada tuya en fecha __ y solicitar en el juzgado que dado que se ha ido una vez interpuesta la demanda de desahucio y tú te has enterado ahora, que te permitan el acceso a la vivienda.

    Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.

    Un saludo
    www.desahuciosya.com
    informacion@desahuciosya.com
    T.91.184.03.50
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Con un pleito en marcha, quien mejor le puede informar es su propio abogado, pero salvo su mejor opinión, le puede reclamar hasta la fecha en la que usted recupere la posesión, que normalmente coincidirá con el lanzamiento del juzgado.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puedes ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si han puesto una demanda de desahucio con reclamación de rentas en la sentencia el Juez señalará lo que debe pagar el inquilino.

    En mi blog, cuya lectura le recomiendo, pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudrr profesionalmente.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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