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Jordi Carles Burillo Roig

inquilino/a

rescisión contrato
En abril de 2018, la propiedad me envió un buró-fax diciéndome que me rescindia el contrato en fecha 31 de diciembre de 2018 La cláusula tercera del contrato dice textualmente: " La vigencia de este contrato de arrendamiento comenzará el 1 de octubre de 2003 por una duración de 10 años. No obstante, será prorrogado de año en año si ninguna de las partes no notifica a la otra su voluntad de darlo por finalizado tres meses antes de la finalización del tiempo contractual o de cualquiera de sus prórrogas. Mi pregunta es: Debo dejar la vivienda el 31 de diciembre de 2018 o el 1 de octubre de 2019 atendiendo a lo que dice la cláusula respecto a la fecha contractual???
  • Preguntado por: Jordi Carles Burillo Roig
  • Hace 5 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional


    Según su exposición, en mi opinión, debió haber abandonado el piso el 30 de septiembre de 2018.
    Hable nuevamente con el arrendador no vaya a ser que le haya puesto una demanda de desahucio por finalización de plazo.

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