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Germán Morelló Tomás

inquilino/a

Dudas
Hola!!! Vivo de alquiler y el contrato de 3 años me finalizó el 4 de septiembre con lo cual empezaba el primer año de prorroga. El dia 9 de este mes la dueña del piso ha hecho uso de la cláusula 9.3 la cual me comunica que su hijo quiere vender el piso donde vive actualmente y quiere instalarse donde estamos nosotros por estar mas cerca de Massarrojos... solicitan que abandonemos el piso en un mes... nos pareció precipitado y pactamos en que lo abandonaríamos el 15 de noviembre (esto consta en el burofax que nos han enviado para tener constancia) mi pregunta es... es legal de la manera en que se ha desarrollado todo?, abandonando el inmueble el dia 15 de noviembre, tendría que pagar la mensualidad completa o la mitad? Y... es posible abandonar antes de la fecha pactada el inmueble?
Gracias!!!
  • Preguntado por: Germán Morelló Tomás
  • Hace 4 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
nacho ha sido el primero en contestar
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Si la duración pactada es de tres años o más, no puede alegarse este artículo 9.3 para hacer cesar el contrato, pues este artículo es para impedir las «prórrogas obligatorias», y los contratos de tres años o más carecen de opción a prórroga obligatoria, pues solo admiten «prórroga necesaria» y el artículo 9.3 sólo «paraliza» las «prórrogas obligatorias». Por tanto, si el contrato es de tres años o más el arrendador tendría que alegar lo dispuesto en el artículo 10 LAU, es decir, que no quiere que entre en vigor la «prórroga necesaria» porque así se lo permite la ley, sin más explicaciones.
    Al haber empezado la prorroga necesaria, su casero tiene que esperar a que finalice.
    https://www.abogadosparatodos.net/el-arrendador-necesita-la-vivienda-para-si-o-para-su-familia/
    • Respondido por: nacho
    • Hace 4 años
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