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Alba

inquilino/a

Dejar piso de alqy
Hola, mi pregunta es llevamos seis meses de alquiler en un piso pagando rigurosamente todos los meses la cuota mensual incluyendo los gastos de luz y de agua, resulta que tiene humedad y a causa de ello nos han diagnosticado una alergia y neumonia, le comunicamos al arrendador que el colchón estaba en muy malas condiciones, nos lo cambió, pero a causa de mala salud, hemos decidido dejar el piso y mudarnos a otro, avisando al propietario con 15 días de antelación y adjuntandole las causas de la cesión del contrato a los 6 meses de haberlo arrendado, mi pregunta es el propietario se puede negar a devolver la fianza y amenzarnos con llevarnos a los juzgados, aun sabiendo el motivo y que el estado de mobiliario es el mismo que el día que entramos en él? Gracias espero respuesta 
  • Preguntado por: Alba
  • Hace 8 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Alba partiendo de que la respuesta de Piscis es la mas útil, si ese piso no reúne condiciones de habitabilidad y pueden demostrarlo, estarían en condiciones de llevar a los juzgados a su casero reclamando los daños y perjuicios que les pueda causar la rescisión anticipada de su contrato. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Pasados los primeros seis meses, se puede dejar la vivienda comunicando al arrendador con treinta días de antelación el desistimiento del contrato. Para evitar que el arrendador pueda negar haber recibido el comunicado, es conveniente hacerlo de forma fehaciente mediante carta entregada en mano en la que firme el recibo de la misma y la fecha de recepción en la copia de la carta, o mediante notificación notarial o por burofax con texto certificado y acuse de recibo.El día del cese hay que hacer el documento de resolución de contrato. Si solo has dado quince días de preaviso, el arrendador te puede cobrar la quincena que falta, la penalización si se hizo constar en el contrato, los consumos de suministros pendientes de pago y los desperfectos que dejes en la vivienda, todo ello a deducir de la fianza hasta donde alcance y si el importe es superior, tienes que añadir lo que falte.
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