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fjriera

inquilino/a

¿Me pueden aplicar una multa si cancelo el contrato de alquiler de la oficina quedando 6 meses (duración 5 años)?

El contrato que tenemos firmado no dice nada al respecto...

  • Preguntado por: fjriera
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (5)
fjriera ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Efectivamente habría que examinar ese documento, aparentemente se encuentra en prórroga que puede ser mensual.

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    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • javiersantander

    javiersantander

    casero/a

    ¿Lo que tienes es un contrato de 1 año firmado en Noviembre de 2009?

    Salvo que tegas un contrato posterior ese ya está vencido.

    No creo que te puedan exigir el pago de los meses haste noviembre, pero para dar una respuesta más "legal" es imprescindible examinar toda la documentacion que tengas referente a ese alquiler.

    Te aconsejo que acudas a un abogado especialista en arrendamientos con toda la documentacion de la que dispongas. Es una pequeña inversion que te puede ahorrar mucho dinero y muchos problemas.

  • fjriera

    inquilino/a

    Otro comentario. La última firma es del 1 Noviembre de 2009.

    • Respondido por: fjriera
    • Hace 12 años
  • fjriera

    inquilino/a

    Concretamente dice:

    "Segunda: 2.1: El presente contrato entrará en vigor el día de su firma y tendrá una duración de UN AÑO aunque con una facultad de la arrendadora para su renovación anuales a las que ambas partes tendrán que llegar a un acuerdo por escrito TRES MESES de antelación al plazo pactado.

    2.2 TRES MESES antes de la finalización de la renovación anual, si el arrendador y el arrendatario están conforme con la continuidad del alquiler de la oficina, se fijarán nuevos términos y condiciones para el nuevo contrato. Si no lo estuviesen, el contrato se dará por extinguido a la finalización del tiempo pactado, teniendo que abandonar el arrendatario las oficinas en el plazo estipulado"

    No habla en concreto de indemnización ni obligatoriedad de cumplir 5 años... llevamos 4,5...

    • Respondido por: fjriera
    • Hace 12 años
  • usuario eliminado

    ¿quedan 6 meses para los 5 años? pues si, segun la LAU, te pueden pedir 6 meses de indemnizacion si no te vas al vencimiento del contrato. Entiendo por lo que dices que no tienes una clausula de desistimiento anticipada.

    un saludo.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 12 años
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