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JUAN-AN-2011

inquilino/a

El que fue mi antiguo casero no sólo no me quiere devolver la fianza, sino que adicionalmente me exige una cantidad de dinero

Como digo en el título, 30 días después de firmar la entrega de llaves, mi ex-casero me ha mandado un burofax en el que me comunica que no me va a devolver la fianza y además me exige una gran cantidad de dinero por conceptos que en casi ningún caso aplican (salvo lo que quedaba pendiente de consumos).

Me reclama por todos los pequeños desperfectos que ya existían en la vivienda cuando yo entré a vivir, así como por elementos que me acusa de haber sustraido de la vivienda.Ni que decir tiene que se trata de una petición totalmente injusta, provocada por la ambición del casero, que quiere sacar dinero sea como sea.

Mi pregunta es: ¿qué se puede hacer en estos casos?. ¿Es su palabra contra la mía? ¿Cuál es la que vale?. Preferiría no meterme en juicios, pero tampoco quiero pagar lo que este señor me reclama de manera injusta. ¿Consejos?

  • Preguntado por: JUAN-AN-2011
  • Hace 12 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (1)
manuel josé ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • manuel josé

    casero/a

    Si firmasteis documento de fin de contrato y entrega de llaves con copia para cada uno eso es lo que vale. Ahí figuran desperfectos, rentas,consumos pendientes ( lectura contador), faltas, averias,.... incluso desperfectos, faltas,.... habidos al inicio del contrato y no comunicado al arrendador de forma fehaciente ( burofax con acuse y certif....) pues salvo prueba en contrario recibiste todo bien pues normalmente se figura en el contrato que así fué y lo rubricaste firmando. Si lo desmintieras con prueba ( burofax con acuse...) no podría exigirtelo.

    Repito: lo que vale es lo que figurasteis en el documento de entrega de llaves y fin de contrato donde se figura todo con la conformidad total o parcial de su contenido,firmado por ambos y copia para cada uno.

    Mira que previamente se comunicara rescisión de contrato de forma fehaciente y 30 dias antes de finalizacion anualidad o prórroga.

    Asimismo que no fuera a mediados de anualidad pues sería incumplimiento de contrato.

    saludos,

     

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