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sheila1981

inquilino/a

Se me acabó el contrato de alquiler el 31 de agosto del 2009, sigo en el piso, y me gustaría marcharme ahora en febrero

Ahora en febrero. ¿Tengo derecho a que se me devuelva la fianza entera? tengo necesidad de avisar con un mes de antelación? o con 15 días valen?

  • Preguntado por: sheila1981
  • Hace 14 años
  • Categoría: Dejar piso en alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Conclusión (omití decirlo) habla con tu casero y averigüa cómo respira.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Al no haberte marchado en agosto, tu contrato se ha prorrogado por un año.

    Si tu contrato cumplió 1 año en agosto, se ha prorrogado por 1 año, pero, en agosto, te quedarán 3 posibles prórrogas anuales más si tú quieres.

    Si tu contrato cumplió 5 años en agosto, se ha prorrogado un año, pero, en agosto, te quedarán 2 posibles prórrogas anuales más si tú quieres.

    Si tu contrato cumplió 8 años en agosto, se ha prorogado por un año. En agosto, se prorrogaría por otro año sólo si ninguna de las partes manifestara su voluntad de no continuar.

    Como ves, en cualquiera de los casos deberías esperar al cumpleaños del contrato.

    Salvo que a tu casero no le importe que lo dejes a mitad de la anualidad, y te lo ponga por escrito. (Algunos dicen verbalmente que no importa y luego exigen la fianza como indemnización por cancelar el contrato antes de tiempo)

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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