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¿Se puede pactar en el contrato una renuncia por parte del arrendador a la facultad que le confiere el art. 9.3?

Si el arrendatario tiene vocación de permanencia y busca una arrendamiento que le garantize cuando menos la duración mínima de tres años. ¿sería válido reflejar en una claúsula contractual la renuncia por parte del arrendador a ejercer el derecho durante los tres primeros años de duración del mismo, de necesidad de la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.?

  • Preguntado por: bcs consultores
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
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