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anade302

casero/a

¿Quién paga las obras de reforma de un piso alquilado en 1975 con renta actualizada a día de hoy?

Hola a todos...queria exponer una duda que se me plantea..tengo un piso alquilado en 1975 el cual se actualizo la renta a partir der 1996 con la reforma de la lau de 1994 disposición Transitoria segunda, apartado D) punto 11 ley 29/1994 , y el inqulino aceptó la actualización de dicha renta, de acuerdo a los términos expresados en esa disposición....el inquilino a dia de hoy quiere cambiar las tuberias del piso, pk no le llega con suficiente intensidad el agua caliente al baño y susituir las de hierro que deben estar ya obstruidas por los años por unas nuevas...al ser un contrato antiguo quien paga las obras el casero o el inquilino?...la ley dice que el inquilino pero al estar actualizada me surge la duda....gracias

  • Preguntado por: anade302
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • anade302

    casero/a

    Eduardo muchas gracias po tu respuesta..te comento,he hablado con el inquilno y me dice que como es  un mantenimiento lo queva hacer, que van a intentar desostruir las tuberias  que mantenimiento no es reparacion lo debo pagar yo...aparte me dice que como el ya paga una renta actualizada que se actualizo en 8años segun la nueva LAU, dice que el que tiene que pagar cualquier reparacion soy yo segun el Capitulo 4º art.21 Derchos y obligaciones de las partes. conservacion Lau 1994....el ya te comente que tiene contrato del año 1977... yo opino que no...que me puedes decir?..gracias

    • Respondido por: anade302
    • Hace 13 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    A ese contrato se le sigue aplicando la ley antigua, salvo en lo referente a subrogaciones y actualización de la renta donde se aplica una disposición transitoria de la ley de arrendamientos de 1.994.

    Por lo tanto usted tiene la obligación de hacer la obra, dado que parece que se trata de un elemento esencial de habitabilidad de la vivienda, pero puede repercutir el coste de la obra al arrendatario a razón del 12% anual (distribuido por mensualidades) siempre que el incremento no exceda del 50% de la renta anual. Arts. 107 y siguientes de la Ley de Arrendamientos de 1.964.

    Un saludo,

    www.asistencialegal.net

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