Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Juan1977

inquilino/a

¿Qué debe cubrir una fianza por alquiler una vez finaliza el contrato? Creo que estoy siendo víctima de un abuso.

Finalizamos un contrato que se ha ido prorrogando por 8 años.

Por contrato asumimos que entregaríamos el piso restituyendo la pintura, cosa que hemos hecho. Sin embargo ahora la arrendadora nos indica que debemos asumir los "desperfectos" que presenta el inmueble. Entre ellos se incluyen: la marca que dejan las llaves bajo la cerradura de la puerta principal (la madera aparece pulida por el roce de 8 años), alguna que otra marca de máximo 3 cms en dintel de puerta, la pintura levantada en el cierre fruto del roce del uso cuando se abre la puerta rozan las hojas...

Nos insiste en que el piso debe entregarse igual que estaba hace 8 años, sin diferencia alguna, como si nadie hubiese pasado por ahí. Está aprovechando que nuestros trabajos apenas nos dejan tiempo para meternos en líos legales, y sospechamos que su única intención es menguar al máximo tanto el mes de fianza como el depósito en garantía de 6000€. Incluso quiere que paguemos la renta mientras no alquila. Nos está hundiendo.

 

 

  • Preguntado por: Juan1977
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Al término del arriendo es inexcusable que se firme un finiquito de contrato y entrega de llaves, en cuyo documento se harán constar, si procede,  los desperfectos o deterioros imputables al inquilino que haya sufrido la vivienda, así como las deudas pendientes por alquileres o consumos, que servirán de base para su descuento de la fianza. De estos  datos se extraerá la posibilidad o no  de reclamar la totalidad de la fianza con intereses de demora.

    En este enlace: http://pedrohernandezabogado.com/2011/01/el-finiquito-del-alquiler.html tiene ampliada la información que le interesa.

    Para ampliar más o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur./min. Desde móvil)
    http://www.pedrohernandezabogado.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas