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PedroAlvarez

inquilino/a

¿Pueden echarme del piso por querer venderlo?

Buenas.

Tengo un contrato de alquiler de un piso por un año.. 
Pero llevamos 6 meses y el casero quiere venderlo.


¿Tiende derecho a colgar en mi casa el cartel de "Se vende"?
¿Estoy obligado a enseñar el piso?
¿Estoy olbigado a irme del piso si lo vende?

Yo creo que podría negociar con el casero, y puesto que creo que no estoy olbigado a abandonarlo... primero que me baje el alquiler porque yo "Le dejo" ponerlo a la venta... y enseñarlo siempre que el quiera.

Y por otra parte, si lo vende, creo que me deberia dar una indemnizacion

Pago 650 euros al mes de alquiler, cuanto deberia bajarme el alquiler.. y cual deberia ser la indemnizacion si abandono el piso antes de tiempo??

Un saludo y muchas gracias.

  • Preguntado por: PedroAlvarez
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PedroAlvarez ha sido el primero en contestar
PedroAlvarez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Ante la impecable, como de costumbre, respuesta de Pedro; solo añadirte mi opinion personal en referencia a la eventual indemnización por irte antes de los 5 años:

     

    1. - Devolución completa de fianza y avales.

    2. - Pago de los gastos de mudanza a la nueva vivienda

    3. - Pago del coste de agencia y formalización de contrato de la nueva vivienda

    4. - de 3 a 6 meses de renta (en tu caso, yo diria de 2000€ a 4000€) de indemnización por irte.

    todo por escrito y firmado!

    y sino, que se espere al quinto año.

    si tiene dos dedos de frente, y con "la que esta cayendo" aceptara la perdida de 4-6mil euros y vender cuanto antes.

    saludos,

    pablo.  

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Respondo por orden:

    1.- Sin su permiso no puede entrar en la casa "para nada".

    2.- No tiene ninguna obligación , repito en su casa no entra nadie sin su permiso.

    3.- Si lo vende tiene derecho de tanteo y retracto. Si no los usa el comprador debe respetar el contrato.

    4.- Si decide marcharse l aindemnización será la cantida que decidan transaccionalmente.

    5.- Efectivamente tiene derecho a permenecer allí cinco años, sin necesidad de hacer nuevos contartos.

    En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente

     

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
  • PedroAlvarez

    inquilino/a

    Otra ultima cosa por favor.

    por ley, creo que aunque tenga el contrato de alquiler por un año. Puedo irlo ampliando otro año mas (hasta 5 años) unilateralmente por mi parte.

    esto es cierto?

    un saludo y gracias

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