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Ana Albert

inquilino/a

Hemos alquilado una casa y firmado el contrato, pero ahora el propietario quiere rescindir el contrato, ¿qué hacer?

Alega que no esta seguro de nosotros, y por tanto ahora nos exige un aval bancario. Por otra parte nos dijo de palabra que podiamos entrar el 20 de julio y estar ahi una semana antes, y ahora nos niega esta posibilidad, con grave prejuicio para nosotros. Por tanto, las preguntas son, como conseguir hacer valer el contrato ya firmado, ademas de la disponibilidad dada por palabra para tener la casa una semana antes ?

  • Preguntado por: Ana Albert
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Si considera que el contrato es nulo debera ir al juez a que le de la razon.

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 12 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Ana albert:

    1º) Respecto al aval bancario. Si nada se pactó en el contrato ahora el arrendador no puede exigirlo.

    2º) Respecto a la fecha de disposición de la vivienda. Será la que se haya estipulado en el contrato, salvo pacto en contrario.

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    la casa ya es vuestra porque teneis un contrato firmado, asi que ya no puede pedir ni avales ni nada de lo que se le pueda ocurrir, las cosas se hablan antes de la firma y no después.

    Respecto a entrar antes si no lo cumple, al ser de palabra, tendreis que aguantaros y  entrar el mismo día que este puesto en el contrato, eso si, en cuanto tengais la llave os vais a la ferreteria y comprais un bombín o cerradura nueva...recordad que será vuestro hogar y el propietario no debe de tener llave.

    Os deseo mucha suerte, se intuye que os va a hacer falta.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    El contrato es válido.

    solo un acuerdo entre las partes (previa indemnización) o la orden de un juez pueden darlo por terminado.

    la otra parte. Si no quedó por escrito. No veo qué puedes hacer.

    Te dejo este post parecido al tuyo

     

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