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LE

casero/a

¿Hay alguna diferencia legal entre alquilar con o sin muebles?
Me han comentado varias personas que es mejor alquilar un piso/apartamento con muebles que vacío, ya que si hay algún problema legalmente es más fácil si los muebles son míos que si son del inquilino. No he conseguido verificarlo en ningún sitio.

¿Alguien sabe si hay alguna veracidad en este punto?

Saludos y muchas gracias.
  • Preguntado por: LE
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (9)
Ramon Ruiz ha sido el primero en contestar
Ramon Ruiz ha sido elegida Mejor Respuesta
  • FCO. JAVIER MARTINEZ

    casero/a

    No existe ninguna diferencia legal. Simplemente se adapta a las necesidades o preferencias de distintos inquilinos que quieren el piso amueblao, o vacío. Y que normalmente el piso amueblado tiene precios superiores al vacío precisamente por el equipamiento que se entrega.
  • Jaime Feiner Alonso

    profesional

    No hay diferencias legales de ningún tipo es una cuestión absolutamente voluntaria y no regulada por Ley. Los deshaucios son siempre dificiles y procesos penosos con muebles o sin ellos.

    Saludos
    Jaime Feiner
    j.feiner.catocc@gmail.com
  • ErnestoA

    inquilino/a

    Si el propietario quiere que se la pintes haz lo que hizo un amigo mío: la pintó toda ... pero de negro.
    • Respondido por: ErnestoA
    • Hace 14 años
  • nieves blay

    profesional

    Da lo mismo alquilar con muebles que sin muebles. Se hace un inventario, que queda en constancia en el contrato, de to lo que hay en la vivienda y si se rompe algo queda a cargo del inquilino.
  • yopahe

    casero/a

    Yo también había escuchado esto... que si la vivienda no estaba amueblada y ponen los inquilinos los muebles era muy dificil el desahucio si incumplían algo....

    Lo pregunté en una inmobiliaria y me han comentado que no, que si incumplen se desahucia igual, lo único es que si ellos ponen los muebles es más difícil que vuelvan a buscar otra vivienda, porque ahora con la oferta que hay en el mercado si encuentran algo más barato se van... pero claro... si ya tienen ellos sus muebles... se lo piensan más por la mudanza,... el ejemplo que me puso fue si tengo un piso que me cuesta 650 euros y he puesto yo los muebles y encuentro un piso de 600... por 50 euros se piensa uno el cambiarse (por los gastos, el transporte,...el tiempo,...) pero si estoy en ese piso y los muebles no son mios... y encuentro el de 600... es sólo coger mi ropa... y ala... a mudarse...
    • Respondido por: yopahe
    • Hace 14 años
  • Angela Villar

    inquilino/a

    No sé ni los inconvenientes ni las ventajas, pero te puedo decir que el 85% de los pisos se alquilan con muebles; y no sólo los de temporada.

    Yo tampoco nunca lo entendì; pero llevo 9 meses buscando piso y practicamente todos son con ¿ muebles ? o por lo menos trastos que los propietarios no te permiten guardar.

    Saludos desde Vigo
    Angela
  • usuario eliminado

    Hola,

    Yo tengo entendido que si está amueblado luego te pueden pedir dos meses de garantía que se devuelven al abandonar el domicilio. No sé si es una práctica habitual o es así por norma.

    ¿Agún abogado lo podría esclarecer?
    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Daniel Gutierrez

    profesional

    Hola,

    Como inconvenientes hay alguno en los supuestos de incumplimiento de contrato.

    Si lo incumples tú y tiene que mudarse, deberás pagar la mudanza como un perjuicio, si lo incumple él, puede que no se lleve sus enseres y te tengas que hacer cargo de esos muebles o trastos viejos.

    Si son tus muebles puedes pedir más dinero, pero los usarán y gastarán. Deberás hacer un inventario.

    Los muebles son un dato circunstancial, pero no esencial en el contrato, por lo que no afectan a la relación principal de arrendamiento.

    Puedes ponerte en contacto con nosotros si tienes cualquier duda.
    Atentamente.
    Daniel Gutiérrez
    Consultas Jurídicas: 807 517 561
    Correo Electrónico: info@letradosenlared.com
    Web: www.letradosenlared.com
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    LE,

    Que yo sepa, lo único que hay, es que los alquileres de temporada son más lógicos y frecuentes con un piso amueblado que vacío.

    En el alquiler de temporada, al estar excluido de los considerados como "vivienda habitual", no estás obligado a las 4 prórrogas (hasta 5 años) que te exige la LAU.

    Los alquileres para uso distinto del de vivienda, se rigen fundamentalmente por lo acordado entre las partes: si acuerdas que alquilas para 6 meses, a su cumplimiento, puedes echar al inquilino. Pero si, estando la vivienda vacía, encuentras un inquilino de temporada, el resultado es el mismo. El punto está en que no se pueda transformar en domicilio habitual y permanente.

    Así lo entiendo yo.

    Ramón Ruiz
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