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kaseo

inquilino/a

Me han producido daños en la cerradura del piso de alquiler, ¿quién tiene que pagarla?
Salí por la mañana dejando la comida en el fuego, cuando llego a casa me encuentro que me han puesto silicona en la cerradura. Llamo al propietario y me dice que no me puede ayudar ya que es fin de semana. Le explico que hay peligro de que arda la cocina y la casa pero no me ayuda. Decido llamar a cerrajero de urgencia y ahora dice que no me paga la cerradura. ¿qué puedo hacer?
  • Preguntado por: kaseo
  • Hace 15 años
  • Categoría: Reparaciones
Respuestas (45)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
kaseo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • kaseo

    inquilino/a

     

    Hola, ya que me han molestado en mi correo, diciéndome que había nuevas respuestas sobre la pregunta que mandé el año pasado. Pues vuelvo para reírme de todos los sabios, imagino que picapleitos y algún arrendador que se quiere hacer de oro a costa de buenas personas, para decir muy orgullosamente que la cerradura la PAGÓ el dueño de la casa, el por qué, muy sencillo, solo hay que recurrir al sentido común, una cosa que creo, que por este foro no esta muy desarrollado. Decidió no descontarme de la fianza lo que costó la cerradura, que hice?, demandarlo, que pasó, que me dieron la razón. Así que compañeros alquilados, nunca en la vida os dejéis engañar ni atemorizar por algún abogaducho inepto o por algún arrendandor mafioso. La cosa es muy sencilla, el alquilado paga lo que usa y gasta. De hecho os pongo el ejemplo que le dijo el juez, "caballero si un grupo de niños le pinta la fachada de su casa, también la tendría que pagar el alquilado?, es que con esa forma de pensar, todos el mundo produciría unos daños a los alquilados para después cobrárselos y así tener la casa siempre perfecta y gratis.

    Por cierto si cualquier alquilado quiere que le ayude solo tiene que escribir, ciao.

     

    • Respondido por: kaseo
    • Hace 14 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Dios que post más bueno, como me he llegado  a reir jajaja gracias a quien ha subido algo tan antiguo.

    Kaseo, por favor, vuelve que esto es muy divertido

  • manuel josé

    casero/a

    PAGAR. Como  inquilino te subrogas en derechos y obligaciones  para  con el arrendador. Los artículos citados  (  L.A.U.  y   C.Civil )  se refieren a leyes,derechos,obligaciones,  entre arrendador y arrendatario.

    Si un tercero  interviene  perjudicando el piso en el que vives  y  te responsabilizas ante el arrendador, sólo te vale  demostrar que  el causante  fué  un tercero.  Si  no lo puedes demostrar  eres tú el que respondes. saludos,

  • cañero

    inquilino/a

    Tengo curiosidad por saber cómo le fue a Kaseo con su famosa demanda ... ¿Leerá esto?

    • Respondido por: cañero
    • Hace 14 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Realmente, parece como si hubiese una cámara oculta y kaseo fuese el actor que juega con nosotros para filmar nuestras reacciones ante supuestos absurdos.

    Porque, a mí me cuesta que haya nadie tan estúpidamente obstinado en defender situaciones absurdas.

    En verdad, creo que está fingiendo. Pero, he de confesar que ha representado al terco irracional, con una caricatura magistral. ¡Enhorabuena!

    Ramón Ruiz.
  • cañero

    inquilino/a

    Kaseo ríete ríete.

    Un seguro que el casero pueda tener, sólo cubre lo que le suceda a sus cosas o su responsabilidad frente a terceros.

    Si roban el piso o se quema, el seguro (del casero) sólo pagará por sus cosas. Si hay una inundación por una tubería rota y se cala al vecino, pagará el seguro del casero. Si hay una inundación y se cala al vecino porque tú te dejas el grifo abierto ... será tu responsabilidad.

    Así que ríete ríete y que no te pase nada...

    Ya sabes aquello de quien ríe el último... ríe mejor.
    ¡Que no te pase nada... porque irás a la ruina!
    • Respondido por: cañero
    • Hace 15 años
  • kaseo

    inquilino/a

    ja,ja,ja,ja
    Que bueno!!!, que yo tengo que asegurar el piso de alquiler.

    Uno me dice que le pague el IBI, el otro que le pague el seguro de la casa, qué será lo próximo, que le compre muebles nuevos y le instale calefacción solar?.

    Yo no se si me lo decis de broma o .... pero a quien se le ocurre decir que el alquilado tiene que pagar el seguro de hogar, por favor un poco de seriedad.

    Si queréis le pago al casero también el seguro de su coche y unas vacaciones en el caribe. je,je.

    El casero tiene que tener un seguro de hogar y si no lo tiene pues le toca apoquinar con todos los gastos.

    Ya sabéis inquilinos tener cuidado con los caseros de esta índole que se creen que les vamos a hacer de oro a costa de su propia casa.
    • Respondido por: kaseo
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    kaseo,

    No te enteras, majo. ¿Qué tampoco sabes leer?

    En el ejemplo del coche, la rueda rajada la pagaba el seguro que tú habías suscrito al alquilar el coche.

    Si al alquilar el piso tú hubieras suscrito un seguro, ése sería el pagano. Si no lo suscribiste, es tu problema. Más claro...
  • kaseo

    inquilino/a

    Vamos a ver si es que me dais la razón: en el ejemplo del coche, me dices que si lo entrego con las ruedas rajadas, lo paga el seguro de la casa de alquiler pues por una regla de tres muy simple, si me producen daños en la cerradura de mi casa de alquiler lo tendrá que pagar el seguro de hogar. Más claro el agua. Otra cosa es que el casero no tenga seguro de hogar que entonces lo tendrá que pagar de su bolsillo.
    Gracias por volver a darme la razón.
    • Respondido por: kaseo
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    kaseo,

    Estupendo. Es la primera cosa inteligente que te he leído en toda esta historia: que sea el juez el que ponga la guinda al pastel.

    Lástima, que vamos a necesitar mucha paciencia.

    Ramón Ruiz.
  • cañero

    inquilino/a

    Si sí Kaseo, ponla que nos gustará verla JA JA JA

    Muy desesperado tiene que estar el abogado que haya aceptado tu caso...

    Espero que no te cobre mucho, y espero que tampoco sea muy caro el abogado que se busque tu casero... porque como, además de perder el pleito, te condenen en costas te va a salir tu cabezonería caaaara, caaara.

    Dos abogados expertos, además de varios caseros expertos te han contestado que no tienes razón...

    Sobre ese coche que alquilaste con las ruedas gastadas. Si lo devuelves con las ruedas gastadas, no te pasará nada. Prueba a devolverlo con las ruedas rajadas ... y verás.

    La diferencia es que los que te alquilaron el coche te obligaron a pagar un seguro. Si no... tendrías que poner otra rueda. Nueva o Vieja, pero otra rueda.

    Viendo gente como tú es cuando realmente se toma conciencia de que en este mundo hay de todo .... Qué lástima.
    • Respondido por: cañero
    • Hace 15 años
  • kaseo

    inquilino/a

    Tienes toda la razón en lo de dejar la casa como me la entregaron, osea con una cerradura de unos 20 años y no con una nueva que es la que he puesto yo, porque me la han roto sin tener yo la culpa.

    A ver si nos enteramos que yo estoy de alquiler, que la casa no es mia. Si la casa fuera mía tendría que pagar todo lo que le pase, pero al estar de alquiler el dueño de la casa, el que le pago todos meses un alquiler es el que tiene que correr con esos gastos y si no que lo alquile, pero no se crea que le voy a dejar la casa nueva.

    Entonces según el razonamiento vuestro: yo alquilo un coche para el fin de semana, el coche tiene las ruedas muy gastadas y cuando lo entrego el lunes me dice el de la casa de alquiler que le ponga ruedas nuevas ya que estan gastadas, ja y ja.

    Yo creo que aqui lo que hay es mucho casero y mucho abogado de casero pero ya bastante ganáis con los alquileres como para que encima querais aprovecharos de los inquilinos.

    He decidido en demandar al dueño de la casa por no pagarme la cerradura, el abogado me ha dicho que tengo todas las de ganar, cuando gane el juicio pondré una copia de la sentencia para que los inquilinos como yo sepan que hay que plantarles cara a los caseros que se quieren hacer de oro a costa nuestra.
    • Respondido por: kaseo
    • Hace 15 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    kaseo,

    Lee bien tu contrato porque, uno de esos ejemplos que tú pones de situación absurda, es perfectamente legal.

    Si lo pone el contrato, tendrás que pagar tú el IBI, por más antinatural que le parezca a tu encajonada mente.

    Como te gusta aludir a la lógica (aunque no das muestras de usarla), entresaco dos frases de tu último comunicado:
    1.- "es de lógica que si me producen unos daños que yo no he producido, no tengo que pagarlos" Eso es válido si eres tú, el gran kaseo, quien habla. Si es tu casero, ya no tiene lógica ¿Digo bien?
    2.- "a ver si alguien es capaz de decirme una causa de por qué me tiene que pagar él la cerradura". Pues, no; seguramente, nadie es capaz. Por tanto, no tendrá que pagártela.

    Y, para refrescarte la memoria y que comprendas que sí faltaste a Amparo BB, te cito litaralmente la frase con que respondías a su primera intrervención: "quiero respuestas que me ayuden y contestadas por personas que sepan del tema no de cualquiera que de su opinon personal sin saber de lo que habla"

    Yo, que ya llevo aquí algún tiempo, te aseguro que Amparo BB es una de las personas que tiene las ideas más claras en este foro.

    Nadie te pide que le dejes nuevo el piso a tu casero. Solo estás obligado a devolvérselo en las mismas condiciones que lo recibiste (si te lo dió con una cerradura que funcionaba, que funcione también cuando se la devuelvas)

    Ramón Ruiz.
  • Luigi

    profesional

    Si alquilas un coche, te emborrachas, haces uso de drogas y volviendo a casa, atropellas a 3 personas y las matas, el responsable, nunca mejor dicho de tu irresponsabilidad, ¿serás tú o será la empresa propietaria del vehículo?

    La cabeza sirve para usarla.
    • Respondido por: Luigi
    • Hace 15 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Leyendo la polémica montada sobre un tema tan nimio, no salgo de mi asombro:
    Art. 1563 del CC: Conforme a esta norma, la única prueba admisible al arrendatario en este caso para eludir su responsabilidad sería determinar con toda claridad y precisión la persona o personas autor/as del hecho.

    Atr. 21.3 LAU: Considerar que limpiar de silicona una cerradura constituye una obra necesaria para conservar la habitabilidad de una vivienda carece de la mínima coherencia jurídica.

    pedrohernandezabogado.blogspot.com
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 15 años
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