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dubitativa

casero/a

me han dicho que el deposito de la fianza del alquiler de una vivienda en Alicante es potestativo, es cierto?

No hago mas que escuchar que es obligatoria depositar la fianza del alquiler de la vivienda

me he estado informando y en ambos instancias publicas me han dicho que no es obligatorio..

Alguien me lo puede aclarar ?

gracias

  • Preguntado por: dubitativa
  • Hace 11 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (7)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Carmenn ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Carmenn

    casero/a

    En la provincia de Alicante ( al menos en la ciudad que tengo el apartamento), no se necesita depositar la fianza, nosotros fuimos a la camara de la propiedad y nos dieron unos folletos a rellenar, junto con el contrato de alquiler, nos mandaron a entidad bancaria, pagamos 46.8 € , que nos dijeron que tenia que pagarlos el inquilino ( pero lo pagamos nosotros), mas 3.20€ de papeleo, lo volvimos a llevar a la camara de la propiedad , junto con los DNI, nuestros y de la inquilina, le pusieron etiquetas y ya

    • Respondido por: Carmenn
    • Hace 11 años
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Oficina central

    c/ Gerona, 4

    03001 Alicante

    Tel. 96 593 45 40

    fax. 96 593 45 80

    atención público: 9:00 a 14:00

    ahí te lo explicarán bien, que es la oficina central del ivvisa 

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 11 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Aunque no haya que ingresarla (que no es el caso), debe existir.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
  • dubitativa

    casero/a

    Hola,

    gracias por contestar...

    Os cuento porque ya no entiendo nada... ni siquiera los propios funcionarios sabían casi que había que hacer...

    Resulta que me han dicho que: y hago un resumen..

    esta es la teoria de lo que hay que hacer

    Rellenar formulario 806 copia y original, ingresar fianza en el banco , rellenar formulario 600 por el inquilino , abonar cuota de 70€ si es por una año el alquiler, ó de 90e si es prorrogable a 5 años

    Una vez ingresado en el banco todo, ir a la oficina liquidadora de la cámara de la propiedad y que te lo sellen... si bien..( siempre según la chica de la oficina ) es de caracter POTESTATIVO dicho trámite, acto seguido me infrmé en Hacienda y el propio funcionario me dijo en primera persona que ellos lo único que miran es que amabas partes lo declaren.. que todos estos trámites son para que en caso de impago quede registro y de fuerza en el juicio..

    Asi que ya no entiendo nada..

    Dicha fianza no se declara ya que no se considera beneficio

    En ambas instituciones me la han asegurado con bastante seguridad, pero una ya no sabe que pensar..

    Todo esto me biene mal porque ahora mismo no estoy en la provincia y estoy hecha un lío...

    Gracias por las respuestas

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Hay ccaa donde no hay que ingresar la fianza, pero no es el el caso de la ccaa valenciana

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


  • Paolo_x

    inquilino/a

    La fianza es obligatoria por ley; asi como lo es ingresarla en el organismo competente allí donde lo hay.

    http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm

    articulo 36

    (echele un ojo tambien al preambulo 4 si lo desea)

    respecto a ingresarla en el organismo, disposición adicional 3A

    Pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 11 años
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Quien te ha dicho que no?

    pedro Martínez

    Abogado

    5001@icagr. Es


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