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Rafa73

inquilino/a

Extinción de contrato de alquiler

Alquilamos en marzo-06 un piso que se ha ido prorrogando, pues hasta 5 años era automático.

El problema es que la propietaria, que ha cobrado mes a mes puntualmente su mensualidad y su casa ha sido cuidada, parece querer alquilarlo por más dinero.

Adelantándonos a la situación, hemos visto en el mismo edificio un piso similar (incluso algo más amplio) por casi el mismo precio, por lo que no hemos dudado en contactar.

La duda ha sido al ver en contrato que habla de avisar con 2 meses de antelación, pero ¿estamos obligados también a pagar hasta febrero-11 avisando hoy por ejemplo?.Tenemos esa duda; entiendo que haya que avisar con antelación, pero me parecería injusto, que avisando con ese tiempo necesario, se obligue a que por haber entrado un año en un mes, haya que salir en ese mes también ¿es así como funciona?.

Por otro lado ¿el aviso legal es de 2 meses o de 30 días? si es de 30 días ¿prevalecería esto a lo firmado de 2 meses en contrato?

Muchas gracias de antemano.

  • Preguntado por: Rafa73
  • Hace 13 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
  • Rafa73

    inquilino/a

    Mari Lolis, lo más gracioso de todo esto es que la razón de plantearnos el cambio de piso es justo porque la propietaria nos está dando problemas a menudo y en conversaciones con ella comentaba que ESTABA PIDIENDO POCO DINERO (lo cierto es que el precio lo puso ella y sinceramente estaba y sigue estando a precio de mercado ...), pero previendo revisión al alza en unos meses, nos quisimos adelantar a la situación y justo en la misma finca vimos que se ofertaba un piso muy similar, incluso más amplio a casi el mismo precio que pagamos actualmente (lo cual demuestra que sí estamos pagando a precio de mercado ...). Así que, es curioso que lo hayamos empezado a mover porque vemos que quiere pedir más, pero ahora nos damos cuenta que también se nos puede volver en contra si se lo plantamos ahora mismo, intentando sacar ella tajada de esa cláusula ...  como ves, lo lógico es que le estaríamos haciendo un favor, ya que quiere subir el precio en 5 meses; si se lo dejamos libre ahora, podría pedir ese dinero de más desde ya, porque ella tiene claro que nosotros no renovaríamos si sube más del IPC ...

    Nos ha pillado de sorpresa esta clausulita y alguna otra que hemos releído al ver el contrato firmado hace años ...

    La rabia se incrementa viendo que hemos cumplido con sus expectativas de hace 5 años al firmar: pagar puntualmente y cuidar su piso, en cambio nosotros hemos sido correspondidos en las breves conversaciones con ella estos años con insultos y demás ...

     

    • Respondido por: Rafa73
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Sabes? los contratos de alquiler han cambiado muchisimo con los años y además en España ha habido unos años de locura con la vivienda, los precios subían por días y los propietarios estaban encantados de que un inquilino se fuese, así podían alquilar a otro a un precio más alto.

    Ahora se acabó la fiesta y los precios van bajando, muy despacio, pero bajan y claro, los propietarios quieren blindar a los inquilinos, porque ahora no es más dinero el siguiente inquilino, ahora es menos y de ahí que se aferren  a la ley para garantizarse el máximo de tiempo la cuota actual.

  • Rafa73

    inquilino/a

    Gracias Mari Lolis, estaros seguros que para próximos contratos lo miraremos con lupa, pero reitero que en 3 o 4 ya firmados, NUNCA tuvimos que esperar a cumplir el año completo o indemnizar con 2 mensualidades como dices tú, simplemente avisábamos con el tiempo firmado en contrato y cuando llegaba el día nos íbamos sin pagar ni un céntimo más, simplemente avisando con tiempo. Viendo que es legal lo firmado, iremos con más cuidado a partir de ahora, porque en su momento firmamos pensando que no estábamos atados a anualidades completas, sino a avisar 2 meses antes. Gracias una vez más por vuestras respuestas. Y LEED BIEN LAS CLAUSULAS!!

    • Respondido por: Rafa73
    • Hace 13 años
  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Rafa en el próximo contrato que firmes puedes pedir que haya una clausula que diga que te puedes ir cuando quieras indemnizando a la propiedad con 2 mensualidades, yo lo tengo así para poder irme cuando quiera y no tener que esperar al mes  en que alquilé.

  • Rafa73

    inquilino/a

    Efectivamente Pedro, supongo que sólo me estoy fijando en mi parte como afectado; el caso es que lo firmamos sin entenderlo en ese sentido y en los 3 o 4 contratos firmados hasta ahora nunca tuvimos problemas de dejar el piso avisando con el tiempo acordado, por eso nos pilla de improviso.

    • Respondido por: Rafa73
    • Hace 13 años
  • PedroDiaz

    PedroDiaz

    inquilino/a

    Pues es así, Rafa73.

     

    Al propietario, por ejemplo, no le suele parecer justo el tener que mantener el contrato por 5 años aunque no quiera.

     

    Hay derechos y obligaciones para las dos partes. como en todo.

  • Rafa73

    inquilino/a

    Muy amable Eduardo por tu aclaración. La verdad que me parece "injusto" la situación que comentaba. Entiendo que lo no perjudicial para ambas partes es el aviso de 2 meses. Nosotros de hecho, llevamos viviendo en alquiler desde hace 15 años y nunca nos había pasado que para extinguir el contrato por nuestra parte tuviéramos que irnos justo cumpliendo la anualidad, sino avisando con el tiempo estipulado. Me parece ilógico que por entrar un año el 1 de marzo, se vea obligado el arendatario a marcharse ewl 28 de febrero o en caso contrario asumir las mensualidades hasta tal fecha.

    • Respondido por: Rafa73
    • Hace 13 años
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Si usted se marcha del piso antes del plazo incumple el contrato. Salvo que pueda justificar una causa justa (que no puede consistir en la mera voluntad, o en irse a un piso más barato). Tendría que pagar las mensualidades pendientes salvo acuerdo escrito con la dueña, o que ella volviera a alquilar el piso antes del plazo contractual (no podría cobrar la renta dos veces).

    El preaviso de  dos meses es válido, pues el tema de los 30 días lo prevé la ley para cuando el contrato cumple los cinco años.

    www.asistencialegal.net

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