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musikaris

casero/a

¿Es obligatorio presentar la célula de habitabilidad para domiciliar recibos de luz y agua en un piso alquilado?
Hola, tengo un piso alquilado en Barcelona desde diciembre a través de una agencia y me siguen pasando los recibos de la luz. He llamado a la agencia y dicen que necesitan la célula de habitabilidad para cambiar el nombre y la domiciliacion del pago, y que ellos me pueden gestionar el trámite. Pero antes de la agencia ya había alquilado el piso a gente y no tenían problemas para domiciliar los recibos. ¿Esto es una nueva norma (de menos de un año)? Si es así, quién tiene que pagar la obtención de la célula si no hay nada en el contrato sobre esto? el hecho de haber comprado el piso hace diez años, no implica tener la supuesta celula de habitabilidad para la hipoteca? Espero que puedan ayudarme.
  • Preguntado por: musikaris
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
Antonio Postigo ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Antonio Postigo

    profesional

    El paso más sencillo: Mire una factura cualquiera de consumo eléctrico, suele tener un teléfono de atención al cliente, una llamadita... y ellos le informarán de los pasos que puede dar, el coste y la forma de hacerlo.

    Al menos en Andalucía, una vez realizada la primera contratación no es necesario presentar nuevamente la Licencia de Primera Ocupación, ni el Boletín de Instalación Eléctrica (salvo que la instalación tenga más de 20 años en los que es necesario un nuevo boletín).

    Si nada se pactó sobre quién de debe pagar los costes de cambiar la domiciliación (aquí por ahora son gratuitos), lo prudente es que sea a cargo de quien lo solicite, o asumió que realizaría los trámites.

    Si para hacer el trámite es necesario que algún técnico emita documento alguno, a mi entender deberá ser el arrendador quien facilite tales documentos, que por lo general consistirán en una revisión de la instalación y un dictamen sobre su estado.

    Un saludo.
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