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francisco javier rod

casero/a

Tengo un contrato, que finalizó en Febrero y no se ha vuelto a prorrogar ¿se prorroga mes a mes?

El inquilino sigue en el piso. Cuánto tiempo hay para notificar el cese del contrato que finalizó en Febrero, está comunicado y contestado por email, con un mes de antelación. ¿es válida esta comunicación?, en este caso habría que devolverle la fianza en este caso?, recuerdo que actualmente no hay contrato, un saludo

  • Preguntado por: francisco javier rod
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • isabelD

    casero/a

    Primero, tienes que explicar mejor el tipo de contrato que había, el tiempo que lleva el inquilino, etc. Si no, nadie puede contestarte.

    En todo caso si le has avisado y él se va, y no hay desperfectos ni deudas de consumo, claro que le tienes que devolver la fianza. Es suya. Eso de que  recuerdas que no hay contrato suena mal...   Las notificaciones mejor por burofax porque hay acuse de recibo. Recuerda que los contratos son de cinco años aunque tu lo hayas hecho de 1.

    • Respondido por: isabelD
    • Hace 14 años
  • manuel josé

    casero/a

    1ª.-  Un contrato  de vivienda habitual lo puede hacer por un año o menos. Se prorroga sin hacer nada hasta los 5 años. Hasta entonces el arrendador no puede hacer nada. El inquilino puede rescindirlo  comunicando 30 dias antes de final de la anualidad por burofax con acuse de recibo y certificación de texto ( o comunbicación notarial). No son válidas comunicaciones por teléfono,email,...  El arrendador 30 dias antes de hacer la 5º  anualidad puede rescindir el contrato comunicando por burofax con acuse de recibo y certificación de texto.  Si no marchara tendría que pedir el desahucio por término contrato.  Una vez hecha esta comunicación fijarán el último dia para reunirse ambos, revisar piso, anotar desperfectos,faltas,rentas pendientes y lectura contadores. Con esta lectura puede  hallar el consumo y comparando con factura última recibida y saber precio del kilowatio, sabe consumo.  Entonces firman documento FIN DE CONTRATO Y ENTREGA DE LLAVEScon copia para cada uno. Tiene un mes para solicitar devoluciuón fianza del organismo público.Del importe de la fianza y otras garantías deducirá el importe de todo lo anterior devolviendo el resto, si lo hubiere,en caso contrario cobraría la diferewncia. Todo ello previa presentación de facturas.

    Si transcurrido ese mes desde el último dia de firma documento FINAL CONTRATO no se hizo la liuquidación  y el inquilino demanda JUDICIALMENTE, TENDRÁ DERECHO AL ABONO DE INTERESES. SALUDOS,

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