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Ruper

casero/a

Tengo un piso en alquiler y soy pensionista, ¿qué me desgravo declarando el alquiler? Y ¿cómo?

Buenos días,

Mi pension es no contributiva, el piso lo compre en el 1978, he leido que hay que hacer algo de un 3% con el valor de aquisicion de la vivienda, pero claro mi vivienda me costo 400.000 pesetas en aquellos años.

Estoy muy perdido, me ayudan de alguna manera por favor

  • Preguntado por: Ruper
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (5)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Ruper

    casero/a

    Muchisimas Gracias

    • Respondido por: Ruper
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Para Ruper!

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Hacer "algo" con el 3% del valor de la vivienda ... es esto:

    Cantidades destinadas a la amortización [Arts. 23.1 b) Ley IRPF y 13 h) y 14 Reglamento].
    Tienen la consideración de gastos deducibles las cantidades destinadas a la amortización del inmueble y de los demás bienes cedidos con el mismo, siempre que respondan a su depreciación efectiva. Se considera que las amortizaciones cumplen el requisito de efectividad cuando no excedan de los porcentajes que a continuación se señalan:
    l Bienes inmuebles:
    El resultado de aplicar el porcentaje del 3 por 100 sobre el mayor de los siguientes valores.
    a) Coste de adquisición satisfecho, incluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición (notaría, registro, IVA no deducible, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, gastos de agencia, etc.) sin incluir en el cómputo el valor del suelo. En las adquisiciones de inmuebles por herencia o donación, sólo tendrá la consideración de "coste de adquisición satisfecho" la parte de los gastos y tributos inherentes a la adquisición que corresponda a la construcción, así como la totalidad de las inversiones y mejoras efectuadas.
    105
    b) Valor catastral, excluido el valor del suelo.
    Cuando no se conozca el valor del suelo, éste se calculará prorrateando el coste de adquisición satisfecho entre los valores catastrales del suelo y de la construcción de cada año reflejados en el correspondiente recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).

    --------------------------

    Pero hay más... Así que le recomiendo que lea este manual de la AEAT . Vaya al capítulo cuatro.

    No sé si esta respuesta le servirá de ayuda... Pero no creo que a un foro le pueda pedir mucho más...

    Criticar es gratis... pero los que hacen malas críticas sin saber, en muchas ocasiones son personas non gratas.

  • Ruper

    casero/a

    Ya he pedido hora para hacer la declaración, y si he puesto aqui una duda es para tener con que comparar cuando me hagan la declaración.

    una de mis mayores dudas es como hago lo del 3% y que valor le pongo.

    estoy perdido pero no quiere decir que sea corto.

    con respuestas como la suya, yo también llevaría 15000 respuestas.

     

    muchas gracias.

    • Respondido por: Ruper
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Una pequeña duda se puede resolver en un foro. Pero si está "perdido", lo más sensato es que pida hora para que le hagan la declaración en la aeat.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

     

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